QUEJA N° 536-02 CAJAMARCA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA PENAL PERMANENTE
Lima, veintitrés de mayo del dos mil tres.-
VISTOS; de conformidad con el dictamen del señor Fiscal Supremo en lo Penal; y CONSIDERANDO además: que conoce del presente proceso éste supremo tribunal por haberse concedido el recurso de queja interpuesto por el sentenciado Marino Quispe Berrios; que de la revisión de las copias que forman el presente cuaderno no se advierten irregularidades de carácter sustantivo ni procesal o que se haya vulnerado mandato constitucional alguno que amerite la elevación de los de la materia a esta Suprema Sala: declararon INFUNDADA la queja interpuesta por Marino Quispe Berrios; en la instrucción que se le sigue por el delito contra el honor -difamación - en agravio de Miguel Ledezma Inostroza; MANDARON transcribir la presente resolución a la Corte Superior de Justicia de su procedencia; archivándose.-