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SENTENCIA

QUEJA Nº 1503-2006 · SALA PENAL TRANSITORIA

2000-01-01SALA PENAL TRANSITORIA
Tipo
SENTENCIA
Número
415124
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
SALA PENAL TRANSITORIA

QUEJA Nº 1503-2006

SALA PENAL TRANSITORIA

QUEJA No 1503-2006

LIMA

VISTOS ; el recurso de queja excepcional interpuesto por la querellada, ROSSANA MARILÚ GAMBINI LOSTANAU, contra la resolución de fojas ciento veintisiete, del trece de julio de dos mil seis, que declaró inadmisible el recurso de nulidad que promovió contra la sentencia de fojas ciento diez, del cuatro de mayo de dos mil seis, que confirmando en parte la sentencia de primera instancia de fojas setenta y cuatro, del veintiocho de septiembre de dos mil seis, la condenó a un año de pena privativa de libertad, y revocándola fija en la suma de un mil nuevos soles por concepto de reparación civil; de conformidad con el dictamen de la señora Fiscal Supremo en lo Penal: y CONSIDERANDO: Primero : Que la querellada Gambini Lostanau en su recurso formalizado de fojas ciento veintinueve alega infracción a la garantía genérica del debido proceso porque se encuentra exenta del pago de la tasa judicial, pues sólo es exigido para los querellantes. Segundo : Que de autos se advierte que se rechazo el recurso de nulidad promovido por la recurrente porque no cumplió con pagar la tasa judicial correspondiente, conforme lo señala la Resolución Administrativa número treinta cinco - dos mil seis -CE -PJ, pues sólo efectuó el pago de diecisiete nuevos soles; que, en efecto, la Resolución antes citada estipula que los actos procesales por querellas se sujetarán al pago de aranceles de los procesos contenciosos en los que sea aplicable, a excepción de los aranceles por Recurso de Apelación y Recurso de Nulidad, en donde se pagará el cincuenta por ciento de la tasa correspondiente a la primera escala. Tercero : Que, siendo así, no se evidencia afectación a la garantía genérica del debido proceso más aún si la resolución cuestionada se encuentra debidamente motivada. Por estos fundamentos: DECLARARON INFUNDADO el recurso de queja excepcional interpuesto por la querellada, ROSSANA MARILÚ GAMBINI LOSTANAU, contra la resolución de fojas ciento veintisiete, del trece de julio de dos mil seis, que declare inadmisible el recurso de nulidad que promovió; en el proceso que se siguió contra la quejosa por delito de difamación en agravio de Germán Larrieu Bellido; MANDARON: se transcribe la presente Ejecutoria a la Sala Superior de origen; hágase saber y archívese definitivamente lo actuado.-

S.S.

SIVINA HURTADO

GONZÁLES CAMPOS R.O.

VALDEZ ROCA

MOLINA ORDÓÑEZ

CALDERÓN CASTILLO

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