⚖️ Índice› 2000-01-01› Expediente 97-7-97 · Sala Nº 1
SENTENCIA

Expediente 97-7-97 · Sala Nº 1

2000-01-01Sala Nº 1
Tipo
SENTENCIA
Número
418457
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
Sala Nº 1

Expediente 97-7-97

Sala Nº 1

Resolución Nº 3

Lima, treintiuno de marzo de mil novecientos noventisiete.

VISTOS; interviniendo como Vocal Ponente la señorita Ahón Castañeda; y CONSIDERANDO además: Primero.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Legislativo número 299 el Contrato de Arrendamiento Financiero suscrito entre las partes tiene mérito ejecutivo, disposición que debe ser concordada con lo normado en el inciso 8) del artículo 693 del Código Procesal Civil; Segundo.- Que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Décimo Octava de la Escritura Pública de "Declaración de Estipulaciones Generales de Arrendamiento Financiero" que obra de fojas cincuentisiete a setentinueve y que rige todos los contratos de Arrendamiento Financiero que celebra el Banco Latino como locador y al que se ha sometido como arrendataria la firma ejecutada, como es de verse de fojas ochentiuno, los contratantes fijan como sus domicilios aquellos que figuran en la Escritura de Estipulaciones Particulares, y se reputarán como válidos mientras su variación no sea comunicada notarialmente a la otra parte; Tercero.- Que, siendo el domicilio fijado por la firma ejecutada el que aparece a fojas ochenta, vuelta, carece de asidero la alegación de tal demandada de que no ha sido validamente emplazada; Cuarto.- Que, además el A-quo mediante las resoluciones de fojas ciento veintinueve y ciento cincuentiocho dispuso se tenga por bien notificado al codemandado: CONFIRMARON la sentencia apelada de fojas ciento sesentiséis-ciento sesentisiete, que declara fundada la demanda de fojas noventiséis a ciento trece, y ordena que los ejecutados GEBACO Sociedad Anónima y Vladimir Sara Ratto paguen al ejecutante la suma de CUARENTIUN MIL CIENTO OCHENTIDOS DOLARES AMERICANOS CON NOVENTICUATRO CENTAVOS; con lo demás que contiene; en los seguidos por Banco Latino con GEBACO Sociedad Anónima y otro, sobre obligación de dar suma de dinero, y los devolvieron.

S.S.

AHON CASTAÑEDA

SAEZ PALOMINO

MEDEL HERRADA

← Volver al índice