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SENTENCIA

1306614

2000-01-01
Tipo
SENTENCIA
Número
1306614
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto
Sí

Expediente Nº 0317-2002 CR(A)

Señores:

Morales

Chumpitaz

Barreda

Lima, 18 de abril del 2002

VISTOS: en audiencia pública; con el informe oral de los abogados José Chávez Canales y Roberto Seminario Lavado; interviniendo como Vocal Ponente el señor Morales González; y CONSIDERANDO: PRIMERO: que, es objeto de revisión el auto apelado por los demandantes, de fecha veinte de agosto del dos mil uno (resolución cincuentiuno) de fojas trescientos treinta y trescientos treintiuno, que declaró infundado su pedido para que las acciones cuya entrega ha sido ordenada mediante sentencia a la demandada, se encuentren inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores; SEGUNDO: que, en el proceso de ejecución de sentencia se requiere al ejecutado a cumplir con la obligación establecida en dicha resolución de conformidad con el artículo setentisiete de la Ley Procesal de Trabajo Nº 26636; TERCERO: que, el pedido de la parte demandante para que se obligue a la demandada que se encuentren inscritas en Registro Público del Mercado de Valores las acciones cuya entrega se ha ordenado mediante sentencia del veintiuno de abril de 1999, la cual corre de fojas ochentitrés a ochenticinco, no es atendible como se ha apreciado en la resolución impugnada en tanto dicha obligación de hacer no ha sido objeto del fallo contenido en la sentencia; CUARTO: que, de conformidad con el artículo cuatro de la Ley Orgánica del Poder Judicial no se puede modificar el contenido de las resoluciones que tienen autoridad de cosa juzgada; por estas razones CONFIRMARON el auto apelado de fecha veinte de agosto del dos mil uno (resolución cincuentiuno), de fojas trescientos treinta y trescientos treintiuno, que declaró infundado el pedido de los demandantes para que las acciones cuya entrega ha sido ordenada mediante sentencia a la demandada, se encuentren inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores; en los autos seguidos por WALTER NICANOR REQUEJO HILARIO y otros con ENVASES INDUSTRIALES S.A. , sobre entrega de certificado de acciones; y los devolvieron al Vigésimo Juzgado de Trabajo de Lima.-

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