⚖️ Índice 2000-01-01 EXP. N° 195-2002 PUNO · SALA PENAL
SENTENCIA

EXP. N° 195-2002 PUNO · SALA PENAL

2000-01-01SALA PENAL
Tipo
SENTENCIA
Número
427716
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto
Entidad/Sala
SALA PENAL

EXP. N° 195-2002 PUNO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PENAL

Lima, veintiocho de enero de dos mil cuatro.-

VISTOS; el recurso de nulidad interpuesto por la parte civil contra la sentencia de fojas mil seiscientos cuarentinueve; y CONSIDERANDO: Que, aún cuando de la revisión de los actuados aparecen indicios de responsabilidad en la comisión de los delitos; sin embargo, estando a las exigencias temporales previstas en los artículos ochenta y ochentitrés del Código Penal, resulta procedente declarar la extinción de las acciones penales por prescripción, teniendo en cuenta que los hechos sub-materia se materializaron entre mil novecientos noventa a mil novecientos noventitrés (fecha en que se realizaron las denuncias penales); asimismo, se aprecia que el colegiado omitió pronunciarse respecto al delito de defraudación, aperturado contra los encausados Basilides Antenor Calero Del Mar, Lucio Narciso Salas Huanca y Carlos Quispe Idme (auto apertorio de fojas trescientos diecinueve); sin embargo a la fecha en el presente delito también ha operado los plazos de ley previstos en la norma invocada, resultando procedente declarar de oficio la prescripción de la acción penal en este extremo; conforme a la facultad conferida en el artículo quinto del Código de Procedimientos Penales: en consecuencia declararon NO HABER NULIDAD en la sentencia recurrida de fojas mil seiscientos cuarentinueve, su fecha siete de noviembre del dos mil uno, que declara fundada la excepción de prescripción de la acción penal a favor de los encausados Basilides Antenor Calero Del Mar por los delitos de estafa y fraude en la administración de personas jurídicas, en agravio de Andrés Corsino Paccara Collanqui, Bernardino Apaza Ramos y Casimiro Chura Coila; a favor del encausado Lucio Narciso Salas Huanca y al ausente Carlos Quispe Idme, por los delitos de apropiación ilícita, estafa y fraude en la administración de personas jurídicas, en agravio de Andrés Corsino Paccara Collanqui, Bernardino Apaza Ramos y Casimiro Chura Coila; asimismo, declararon de oficio fundada la excepción de prescripción de la acción penal a favor de Basilides Antenor Calero Del Mar, Lucio Narciso Salas Huanca y Carlos Quispe Idme, en la instrucción que se les sigue por el delito de defraudación, en agravio de Andrés Corsino Paccara Collanqui, Bernardino Apaza Ramos y Casimiro Chura Coila; mandaron archivar definitivamente el proceso; declararon NO HABER NULIDAD en lo demás que dicha sentencia contiene; y los devolvieron.-

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