⚖️ Índice 2000-01-01 Expediente 8842-97
SENTENCIA

Expediente 8842-97

2000-01-01
Tipo
SENTENCIA
Número
429585
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto

Expediente 8842-97

Lima, catorce de abril de mil novecientos noventiocho.-

VISTOS: interviniendo como vocal ponente la doctora Cayo Rivera Schreiber, por los fundamentos de la recurrida, de conformidad con lo dictaminado por el Señor Fiscal Superior en su dictamen de fojas trescientos setenta; oído el informe oral; y CONSIDERANDO: Primero.- que, del estudio de autos se concluye que se encuentra acreditada la comisión del ilícito instruido así como la responsabilidad penal del procesado Ostolaza Aguirre, quien en forma concertada se coludió con su coprocesado Kieffer León para obtener un provecho económico en perjuicio del Banco Wiesse, para la cual utilizó la firma de "laboratorios Vita Sociedad Anónima" para solicitar un préstamo con garantía hipotecaria sobre un inmueble de propiedad del laboratorio aludiendo que se encontraba gravado a favor de su co procesado Kieffer León, acordando para ello liberar al inmueble para ser gravado a favor del Banco Wiesse, subsanando la ficha registral, y que inclusive en la escritura pública celebrada entre las partes declara que sobre el inmueble que se hipoteca no recae ningún gravamen, embargo o responsabilidad alguna; Segundo.- Que, asimismo prueba la responsabilidad penal de los procesados, el hecho de haber simulado un juicio que generó el embargo del inmueble sobre el cual recaía la hipoteca, para lo cual los procesados desconociendo el acuerdo con el banco, y después de haber logrado su propósito, dejan sin efecto lo acordado sin levantar la hipoteca, más bien en forma dolosa el acusado Ostolaza Aguirre cede sus acciones y derechos a terceras personas como son los señores Bauer, para de esta manera evitar que el banco agraviado pueda interponer las acciones legales correspondientes y "laboratorios Vita Sociedad Anónima" resulte protegido, hechos que se encuentran plenamente acreditados a lo largo del proceso; por estas consideraciones: CONFIRMARON la sentencia de fojas trescientos cincuentisiete su fecha treinta de setiembre de mil novecientos noventisiete que falla CONDENANDO a VICTOR EMILIO OSTOLAZA AGUIRRE como autor del delito contra el Patrimonio-Defraudación en agravio del Banco Wiesse Limitado a DOS AÑOS de pena privativa de la libertad, cuya ejecución se suspende condicionalmente por igual término, bajo reglas de conducta; y fija en DOS MIL NUEVOS SOLES el monto por concepto de reparación civil a favor del banco agraviado, y RESERVA el proceso contra ERNESTO CARLOS KIEFFER LEON; con lo demás que contiene; notificándose y los devolvieron.-

SS. MAC RAE THAYS / EYZAGUIRRE GARATE / CAYO RIVERA-SCHREIBER

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