Resolución Nº 048-2005-EF/94.12
Sumilla: Declarar que Financiera Cordillera S.A. no ha incurrido en la infracción señalada en el Anexo I numeral 3.1 del Reglamento de Sanciones, concordado con el artículo 22° del mismo cuerpo legal, referido al incumplimiento en la Comunicación de Hechos de Importancia a CONASEV, respecto a la Convocatoria a Junta General de Accionistas, correspondiente al ejercicio 2002.
Empresa
:
Financiera Cordillera S.A.
Asunto
:
Incumplimiento en la comunicación de Hechos de Importancia respecto a la Convocatoria de Junta General de Accionistas, correspondiente al ejercicio 2002.
Expediente N°:
2004000366
Fecha: Lima, mayo 24 de 2005
Vistos:
El expediente administrativo N° 2004000366 y el Informe Nº 0014-2005-EF/94.45 de fecha 04 de enero de 2005, emitido por la Gerencia de Mercados y Emisores, con opinión favorable de la Gerencia General, escuchando los Informes orales de los representantes de la Gerencia de Mercados y Emisores y del representante de Financiera Cordillera.
Considerando:
I. Antecedentes
1. La Gerencia de Mercados y Emisores realizó una evaluación del cumplimiento en la comunicación oportuna de Hechos de Importancia a la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) y a la Bolsa de Valores de Lima (BVL), correspondiente al período noviembre 2002 — mayo 2003, por parte de la Empresa Financiera Cordillera S.A. (en adelante, Financor), empresa emisora con valores inscritos al 31 de mayo de 2003, en el Registro Público del Mercado de Valores;
2. Según consta en el Informe N° 0014-2005-EF/94.45, se inició un procedimiento administrativo sancionador contra Financor por no haber comunicado la convocatoria de la Junta General de Accionistas correspondiente al ejercicio 2002, obligación que se encuentra señalada en el literal (i) E del Anexo I del Reglamento de Hechos de Importancia, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 107-2002-EF/94.10;
3. En observancia de lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, se remitieron a Financor los cargos respectivos mediante Oficio Nº 0049-2004-EF/94.45.3, el cual fue recibido por la sociedad el 07 de enero de 2004;
4. Financor no realizó el descargo a la observación formulada dentro del plazo otorgado a través del oficio descrito en la considerando anterior. Sin embargo, con fecha 05 de febrero de 2005 presentó un escrito a través del cual exponía sus descargos;
5. Mediante escrito de fecha 18 de mayo de 2005, Financor adjunta el acta de la Junta Obligatoria Anual de Accionistas celebrada el 31 de marzo de 2003.
II. Cuestión a determinar
6. Corresponde, entonces, determinar lo siguiente:
(a) Si Financor incurrió o no en infracción a la normativa de Hechos de Importancia al no haber comunicado a CONASEV la convocatoria de la Junta General de Accionistas correspondiente al ejercicio 2002;
(b) En el caso de determinarse infracciones a dicha normativa, si corresponde o no interponer una sanción a Financor;
III. Análisis de la cuestión a determinar y sanción
7. El artículo 28º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 093-2002-EF (en adelante, Ley del Mercado de Valores), así como el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 107-2002-EF/94.10, (en adelante Reglamento de Hechos de Importancia) vigente a partir del 29 de diciembre de 2002, modificado por la Resolución CONASEV N° 049-2004-EF/94.10, establece la obligación de los emisores de valores de comunicar los Hechos de Importancia a CONASEV y a la BVL en el más breve plazo, a través de los medios establecidos por CONASEV, y antes que a cualquier otra persona o medio de difusión, como máximo dentro del día hábil siguiente de adoptado el acuerdo o decisión o de ocurrido el hecho o acto, según sea el caso;
8. El inciso i) del literal E del Anexo I del Reglamento de Hechos de Importancia, vigente en el momento en que se debió comunicar el hecho de importancia materia de análisis por parte de Financor , establece que constituye un Hecho de Importancia la “...Convocatoria a juntas de accionistas y asambleas de obligacionistas, indicando la agenda respectiva y la documentación que se encuentre a disposición de los accionistas u obligacionistas” ;
9. Financor, a través de su escrito de fecha 05 de febrero de 2005, argumenta que la sesión de la Junta General de Accionistas correspondiente al año 2002, tuvo el carácter de universal y como sustento de ello presenta, adjunto al escrito de fecha 18 de mayo de 2005, el acta de junta general de accionistas celebrada el 31 de marzo de 2003;
10. Por tal razón, sostiene Financor, se encontraba imposibilitada de presentar dicha información, en la medida que el artículo 120º de la Ley General de Sociedades — Ley 26887 — establece que “la junta general se entiende convocada y válidamente constituida para tratar sobre cualquier asunto y tomar los acuerdos correspondientes...” , por lo que la convocatoria no es un requisito cuando la junta es Universal;
11. Atendiendo a lo expuesto en el apartado anterior, este Tribunal considera que Financor no ha incurrido en infracción alguna a la normativa de Hechos de Importancia, ya que el supuesto de hecho que genera la obligación de informar a CONASEV —la convocatoria a Junta de Accionistas— no se ha producido, pues la Junta tuvo el carácter de Universal, conforme se acredita con el acta de la Junta Obligatoria Anual de 31 de marzo de 2003 que obra en el expediente;
Estando a lo dispuesto por el Estatuto del Tribunal Administrativo, aprobado por Resolución CONASEV Nº 030-2001-EF/94.10, modificado mediante Resoluciones CONASEV Nº 037-2001-EF/94.10 y N° 007-2002-EF/94.10, así como con el voto unánime de los señores vocales del Tribunal Administrativo de CONASEV reunidos en sesión de fecha 24 de mayo de 2005.
Se Resuelve:
Artículo 1º.- Declarar que Financiera Cordillera S.A. no ha incurrido en la infracción señalada en el Anexo I numeral 3.1 del Reglamento de Sanciones aprobado mediante Resolución CONASEV N° 055-2001-EF/94.10, concordado con el artículo 22° del mismo cuerpo legal, referido a la comunicación como hecho de importancia de la Convocatoria a Junta General de Accionistas, correspondiente al ejercicio 2002, de acuerdo a lo señalado en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a Financiera Cordillera S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.
Regístrese y comuníquese.
Julio Vargas Piña
Vice Presidente
Sergio Salinas Rivas
Vocal
Juan Francisco Rojas Leo
Vocal