RESOLUCION N° 122-2005-JNE
Exp. Nº 861-2004
Lima, 18 de mayo de 2005
VISTO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Juan José Jacinto Málaga, contra el Acuerdo de Concejo Nº 011-2005/CM-MPH-M, emitido por el Concejo Provincial de Huarochirí, departamento de Lima, respecto del pedido de vacancia del cargo de Regidor de don Abdón Powosino Gavilano, por causal de nepotismo;
CONSIDERANDO:
Que el ciudadano don Juan José Jacinto Málaga solicita la vacancia del cargo de Regidor de don Abdón Powosino Gavilano, atribuyéndosele haber incurrido en la causal de nepotismo, por haber la Municipalidad Provincial de Huarochirí contratado a doña Carmen Cerquin Gonzáles - conviviente del hijo del mencionado Regidor - en el cargo de secretaria, como se aprecia de la solicitud de fojas 1 a 4;
Que el Concejo Provincial de Huarochirí mediante Acuerdo Nº 011-2005/CM-MPH-M de fecha 16 de febrero de 2005, resolvió rechazar la mencionada solicitud, como consta de fojas 23 a 25.
Que no ha quedado demostrado en autos que el Regidor don Abdón Powosino Gavilano haya tenido injerencia directa o indirecta en el proceso de selección o contratación de doña Carmen Cerquin Gonzáles. Además la Ley de Nepotismo Nº 26771, artículo 1º, prevé que incurren en la causal de nepotismo los funcionarios de dirección y el personal de confianza de las entidades públicas; sin embargo el cargo de regidor no se subsume en ninguno de los supuestos antes referidos
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Juan José Jacinto Málaga; en consecuencia CONFIRMAR el Acuerdo Nº 011-2005/CM-MPH-M de fecha 16 de febrero adptado por el Concejo Provincial de Huarochirí, departamento de Lima, que rechaza el pedido de vacancia del cargo de Regidor de don Abdón Powosino Gavilano.
Regístrese, comuníquese y publíquese
SS.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLO
VELARDE URDANIVIA
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General.