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SENTENCIA

Expediente N-194-97

2000-01-01
Tipo
SENTENCIA
Número
448351
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto
Sí

Expediente N-194-97

Lima, treinta de julio de mil novecientos noventisiete.

VISTOS; interviniendo como vocal ponente el señor Braithwaite Gonzales; por sus fundamentos y CONSIDERANDO además: Primero.- Que del texto de la demanda se establece que la acción ha sido interpuesta dentro del plazo establecido por el artículo cuatrocientos del Código Civil; Segundo.- Que analizada en forma conjunta la prueba actuada, se concluye que el demandante ha probado las preces de su acción; siendo de aplicación lo estipulado en el artículo veintiocho del código sustantivo; Tercero.- Que si bien el artículo trescientos noventidós del Código Civil establece que en caso de incluirse indebidamente el nombre del padre, cuando el reconocimiento en el registro lo hace la madre, la indicación se tiene por no puesta, en cuyo caso no se requeriría ejercitar acción alguna; sin embargo eso no es obstáculo al derecho del supuesto padre para solicitar la exclusión de su nombre que inconsulta e indebidamente figura en la partida de nacimiento cuestionada; Cuarto.- Que finalmente el presente proceso no se refiere a uno sobre impugnación de paternidad, lo que significa que la madre dentro del marco legal estaría en condición de plantear la filiación extramatrimonial si lo viera conveniente; razones por las cuales en aplicación del inciso dos del artículo cuatrocientos ocho del Código Procesal Civil APROBARON la sentencia consultada de fojas noventiséis a noventiocho su fecha veinticuatro de febrero de mil novecientos noventisiete que declara fundada la demanda de fojas cuatro a seis en consecuencia ordena la exclusión de nombre y apellidos de don Manuel Guidul Córdova Alvines, consignado como padre del menor Jesús Alberto Córdova Córdova, del acta de nacimiento signada con el número cero trescientos treintiuno noventicuatro, expedida por la Municipalidad de Lima Metropolitana de acuerdo al trámite previsto para la inscripción administrativa que prevee el Código de los Niños y Adolescentes; con lo demás que contiene; y los devolvieron; en los seguidos por Córdova Alvines Manuel Guidul contra Córdova Mendoza Virginia Milagros, sobre ineficacia de auto jurídico.

S.S.

CARRION LUGO

AGUIRRE SALINAS

BRAITHWAITE GONZALES

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