Ap. N° 13-2003-JUNIN
Lima, dieciséis de mayo del dos mil tres.- autos y vistos; y atendiendo: primero.- el impugnante al fundamentar el presente recurso aduce, entre otras razones, que la medida disciplinaria que le fuera impuesta es desproporcionada por resultar injusta, alegando en su defensa que al concederse la apelación sin efecto suspensivo no se dispuso de manera expresa que se proceda a fotocopiar las copias de las piezas procesales a que se contrae la resolución sub-materia, agregando, asimismo, que sus recargadas labores le impiden dar cuenta oportuna de las causas que giran a su cargo en razón que no es apoyado por auxiliares que contribuyan en la labor judicial. Segundo.- si bien, examinada la resolución impugnada, se concluye que las piezas procesales a que se alude eran indispensables para absolver el grado, por estar estrechamente relacionadas con la cuestión en debate y que era obligación del recurrente formar el cuaderno de apelación con copias de dichos actuados en estricto cumplimiento de lo previsto en la tercera parte del numeral 377 del código procesal civil, también es verdad que la medida disciplinaria que se imponga debe ser proporcional a los hechos que se le imputa al auxiliar judisdiccional. Tercero.- en el presente caso la medida disciplinaria impuesta al recurrente no guarda la equidad y proporcionalidad que se alude, por lo que debe dejarse sin efecto. Por las consideraciones glosadas: declararon fundado el recurso de revisión propuesto por don jesús santana socualaya contra la resolución expedida por la sala civil de la corte superior de junín, de fecha treintiuno de octubre del dos mil dos, en el extremo que le impone la medida disciplinaria de apercibimiento; en consecuencia, declararon sin efecto la medida impuesta. Llamaron la atención al citado auxiliar jurisdiccional por la irregularidad anotada y le recomendaron mayor celo en el cumplimiento de sus obligaciones. En el proceso seguido por doña laura soto giraldez viuda de arenas contra don juan salomé chuquillanqui, sobre reivindicación; y los devolvieron.-