⚖️ Índice 2000-01-01 Lima, veintinueve de Mayo del dos mil tres.-
SENTENCIA

Lima, veintinueve de Mayo del dos mil tres.-

2000-01-01
Tipo
SENTENCIA
Número
777153
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto

Lima, veintinueve de Mayo del dos mil tres.-

VISTOS; por sus propios

fundamentos; y CONSIDERANDO además: que, atendiendo a lo

informado a fojas cuarenta y cinco a cuarenta y seis, por

el Segundo Juzgado Penal de Huancayo, resulta arreglado a

ley lo resuelto en la recurrida, toda vez que estando a la

Formalización de Denuncia del Representante del Ministerio

Público, en su calidad de titular de la acción penal, en la

misma que se calificó los hechos como delito de Lesiones

Leves, el referido Juzgado como órgano jurisdiccional

competente para pronunciarse sobre el mencionado dictamen

fiscal, ha emitido la resolución pertinente, conforme lo

señala en su aludido informe; declararon NO HABER NULIDAD

en la resolución recurrida de fojas cuarenta y siete< su

fecha once de abril del dos mil dos, que declara

Insubsistente el señalamiento de fecha para la vista de la

causa y en consecuencia sin objeto pronunciarse sobre el

fondo del asunto; con lo demás que contiene; y los

devolvieron.-

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