⚖️ Índice 2000-01-01 Lima, cinco de Abril del dos mil uno · resolución a la Sala de su procedencia ARCHIVANDOSE
SENTENCIA

Lima, cinco de Abril del dos mil uno · resolución a la Sala de su procedencia ARCHIVANDOSE

2000-01-01resolución a la Sala de su procedencia ARCHIVANDOSE
Tipo
SENTENCIA
Número
778407
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto
Entidad/Sala
resolución a la Sala de su procedencia ARCHIVANDOSE

Lima, cinco de Abril del dos mil uno

VISTOS; Y CONSIDERANDO: Primero: Que, a fojas cuatro aparece

que la doctora Carmen Patricia Soria Valdivia interpone recurso de revisión contra la

resolución copiada a fojas uno, su fecha dieciocho de agosto del año dos mil,

expedida por la Primera Sala Mixta de la Corte Superior de Junín, que le impone la

medida disciplinaria de apercibimiento; Segundo: Que, al respecto, en ia resolución

copiada a fojas quince aparece que ia recurrente, en su condición de Secretaría de

la segunda Sala Mixta de Huancayo, procedió a calificar el escrito de adhesión al

recurso de apelación interpuesto por doña Florentina Flores de Timoteo,

disponiendo el traslado del mismo; sin tomar en cuenta que conforme a lo dispuesto

en los artículos trescientos sesentisiete, trescientos setenticuatro y ciento veintiuno

del Código Procesal Civil, la adhesión a la apelación es un medio impugnatorio cuya

calificación debe ser realizada mediante un auto, el mismo que debe ser suscrito

con la firma del número de vocales que hagan mayoría relativa; Tercero: Que, la

irregularidad incurrida por la recurrente ha ocasionado que se declaren nulos los

actos procesales, lo cual ocasiona una mayor dilación del proceso que le es

imputable, resultando por ello pasible la medida disciplinaria de apercibimiento,

conforme a lo previsto en los artículo doscientos ocho y doscientos trece de la Ley

Orgánica del Poder Judicial; por las razones expuestas declararon: INFUNDADO el

recurso de revisión interpuesto por doña Carmen Patricia Soria Valdivia contra la

Medida Disciplinaria de Apercibimiento impuesta en su contra, en los seguidos por

don José Eleazar Mostajo Castillo con doña Florentina Flores de Timoteo y otro

sobre Nulidad de Acto Jurídico y otros, MANDARON transcribir copia de la presente

resolución a la Sala de su procedencia ARCHIVANDOSE

S.S

IBERICO MAS

ECHEVARRIA ADRIANZEN

SEMINARIO VALLE

CELIS ZAPATA

TORRES TORO

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