TRIBUNAL FISCAL
RTF Nº 1419-7-2015
EXPEDIENTE N°
: 1593-2015
INTERESADO
ASUNTO
: Corrección de Resolución
PROCEDENCIA
: Miraflores, Lima
FECHA
: Lima, 9 de febrero de 2015
VISTA la solicitud de corrección presentada por la ………………………………….. respecto de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 00488-7-2015 del 16 de enero de 2015. CONSIDERANDO:
Que la solicitante sostiene que existe una contradicción en la citada resolución, toda vez que en uno de sus considerandos se indicó que a la fecha en la que se presentó la solicitud de prescripción aún no había transcurrido el nuevo plazo de prescripción de la acción de la Administración para exigir el pago de los Arbitrios Municipales de Parques y Jardines del cuarto período del año 2008, sin embargo, en el fallo se revoca dicho extremo, por lo que debe corregirse tal aspecto.
Que el artículo 153° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, dispone que contra lo resuelto por el Tribunal Fiscal no cabe recurso alguno en la vía administrativa, no obstante, el Tribunal Fiscal, de oficio, podrá corregir errores materiales o numéricos, ampliar su fallo sobre puntos omitidos o aclarar algún concepto dudoso de la resolución, o hacerlo a solicitud de parte, la cual deberá ser formulada por única vez por la Administración Tributaria o por el deudor tributario dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de efectuada la notificación de la resolución.
Que de la revisión de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 00488-7-2015 de 16 de enero de 2015 materia de corrección se aprecia que existe un error en el fallo, por lo que corresponde corregirse, en los siguientes términos:
Dice:
“REVOCAR la Resolución Gerencia! N° 0431-14-GAT/MM del 17 de febrero de 2014, en el extremo referido a la prescripción de los Arbitrios Municipales de Parques y Jardines de los años 2003 del primer al tercer período, 2004 y 2005 del primer al cuarto períodos y del año 2008 del cuarto periodo y, CONFIRMARLA en cuanto a los Arbitrios Municipales de Parques y Jardines del año 2006 del primer al cuarto período, así como Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2009 del primer al cuarto período”.
Debe decir:
"REVOCAR la Resolución GerenciaI N° 0431-14-GAT/MM del 17 de febrero de 2014, en el extremo referido a la prescripción de los Arbitrios Municipales de Parques y Jardines de los años 2003 del primer al tercer período, 2004 y 2005 del primer al cuarto períodos y respecto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública y Serenazgo del cuarto periodo del año 2008 y, CONFIRMARLA en cuanto a los Arbitrios Municipales de Parques y Jardines del primer al cuarto período del año 2006 y cuarto periodo del año 2008, así como Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2009 del primer al cuarto período”.
Con las vocales Muñoz García, Meléndez Kohatsu e Interviniendo como ponente la vocal Barrantes Takata.
RESUELVE:
Declarar FUNDADA la solicitud de corrección de la Resolución del Tribunal Fiscal N° 00488-7-2015 16 de enero de 2015, en los términos expuestos.
Regístrese, comuníquese y remítase a la Municipalidad Distrital de Miraflores - Lima, para sus efectos.