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SENTENCIA

1236613

2000-04-07SALA CIVIL TRANSITORIA
Tipo
SENTENCIA
Número
1236613
Fecha
2000-04-07
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
SALA CIVIL TRANSITORIA

000526-2000-SALA CIVIL

Fecha Resolución 07/04/2000

SALA CIVIL TRANSITORIA

Lima, siete de abril del dos mil.

VISTOS; CONSIDERANDO: PRIMERO: que el recurso de casación interpuesto por doña Felipa Beatriz Mejía Fernández, cumple con los requisitos de admisibilidad del artículo trescientos ochentisiete del Código Procesal Civil; SEGUNDO: que la recurrente se encuentra legitimada para interponer el recurso de casación, pues no consintió la resolución adversa de primera instancia; que la impugnante sustenta su recurso amparándose en las causal prevista en el inciso uno del artículo trescientos ochentiséis del referido Código; TERCERO: que la causal invocada se sustenta en la aplicación indebida del artículo novecientos once del Código Civil, tomando esencialmente como fundamento la evaluación probatoria que debe atribuirse a un contrato privado de compraventa; al respecto, en el Sexto Considerando de la sentencia de fojas doscientos cincuenticinco a doscientos cincuentinueve, el A Quo ha estimado que el mencionado contrato no es un documento de fecha cierta; CUARTO: que no procede evaluar los medios probatorios tratándose de un recurso casatorio que se intenta en cuestiones de Derecho y no de hecho; que la impugnante no ha satisfecho cómo debe ser la debida aplicación de la norma material denunciada, por lo que no ha cumplido con fundamentar con claridad y precisión su recurso, tal como lo dispone el numeral dos punto uno del artículo trescientos ochentiocho del Código Procesal Civil; por lo expuesto y de conformidad con el artículo trescientos noventidós del precitado Código: declararon IMPROCEDENTE el recurso de casación contra la resolución de vista de fojas cuatrocientos cuatro cuatrocientos cinco, su fecha veinte de setiembre del año próximo pasado, interpuesto por la demandada a fojas cuatrocientos treintiocho; CONDENARON a la recurrente al pago de costas y costos del recurso, así como la multa de tres unidades de referencia procesal; MANDARON publicar la presente resolución en el diario oficial "El Peruano"; en la causa seguida por Francisco Gutiérrez Huanca contra Felipa Beatriz Mejía Fernández, sobre desalojo por ocupación precaria; y los devolvieron.

S.S.

URRELLO A.

SANCHEZ PALACIOS P. ROMAN S.

ECHEVARRIA A. DEZA P.

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