000055-2001-SALA PENAL
Fecha Resolución 30/01/2002
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALAL PENAL TRANSITORIA
Lima, treinta de enero del dos mil dos.-
VISTOS; De conformidad con lo opinado por el señor Fiscal Supremo; y, CONSIDERANDO además: Que, de la revisión de los presentes actuados no se advierten elementos de prueba suficientes que acrediten la responsabilidad penal del procesado en la comisión del delito de Tràfico Ilicito de Drogas, por lo que su absolución se encuentra conforme al artículo doscientos ochenticuatro del Código de Procedimientos Penales; Declararon NO HABER NULIDAD en la sentencia recurrida, obrante de fojas trescientos ochentisiete a ochentinueve, su fecha dos de octubre del dos mil que, ABSUELVE a Ernesto Ramos Revollar, de la acusación fiscal por el delito de Tráfico Ilìcito de Drogas en agravio del Estado; con lo demás que contiene; y, los devolvieron.-
S.S
CABALA ROSSAND
ESCARZA ESCARZA HUAMAN LLAMAS
ZEGARRA CHAVEZ
VIDAL MORALES