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SENTENCIA

0002900-2002-SALA PENAL · SALA PENAL

2002-11-06SALA PENAL
Tipo
SENTENCIA
Número
990436
Fecha
2002-11-06
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
SALA PENAL

0002900-2002-SALA PENAL

Fecha Resolución 06/11/2002

SALA PENAL

Lima, seis de noviembre del dos mil dos.

VISTOS; de conformidad con lo dictaminado por el Señor Fiscal Supremo; por sus fundamentos; y CONSIDERANDO además: Que conoce esta Suprema Sala el presente proceso por haber interpuesto ecurso de nulidad el sentenciado; que en autos la responsabilidad del encausado en el delito por el cual ha sido denunciado, instruído y acusado esta debidamente acreditada; que su negativa de haber participado en los hechos materia del presente proceso, sosteniendo que se encontraba en otra ciudad, ha sido desvirtuada con la sindicación que hace en su contra la testigo presencial Silvia Marcela Saldaña Rodríguez en juicio oral, quien de manera rotunda lo sindica como uno de los que participó en el evento delictivo perpetrado el veintidós de febrero de mil novecientos noventicuatro, precisando que lo reconoce por su tez, porte y talla; imputación ésta que corrobora la sindicación inicial de parte de su coencausado Víctor Hugo Robles León, por consiguiente los argumentos en que se sustenta el encausado al interponer el recurso de nulidad, no tienen ningún sustento real: Declararon NO HABER NULIDAD en la sentencia recurrida de fojas ochocientos veintinueve, su fecha veinticuatro de junio del dos mil dos, que condena a Moisés Ricardo Ramos Napa, por el delito contra el patrimonio -robo simple- en agravio de la Agencia de Transportes de Giros y Encomiendas, a OCHO AÑOS de pena privativa de la libertad; y fija en dos mil nuevos soles, el monto que por concepto de reparación civil deberá abonar el mencionado sentenciado a favor del referido agraviado; y reserva el proceso respecto a los acusados Víctor Hugo Robles León, Daniel Sánchez Valladares, Manuel Fernando Azañero Enriquez, hasta que sean habidos; MANDARON que la Sala Penal Superior, reitere las órdenes de captura impartidas en contra de los citados encausados; on lo demás que contiene; y los devolvieron.-

S.S.

SIVINA HURTADO

PALACIOS VILLAR

BIAGGI GOMEZ

LECAROS CORNEJO

CABANILLAS ZALDIVAR

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