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SENTENCIA

000428-2006-SALA PENAL · SALA PENAL PERMANENTE

2006-05-26SALA PENAL PERMANENTE
Tipo
SENTENCIA
Número
1110993
Fecha
2006-05-26
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
SALA PENAL PERMANENTE

000428-2006-SALA PENAL

Fecha Resolución 26/05/2006

SALA PENAL PERMANENTE

Lima, veintiséis de mayo de dos mil seis.

VISTOS; el recurso de queja directo interpuesto por la agraviada Olga Cristina Mejía Capcha De Felipe contra la resolución de fojas setenta, de fecha veintiocho de marzo de dos mil seis, que declaró improcedente el recurso de nulidad que promovió contra la sentencia de vista de fojas sesenta y uno, del veinticuatro de enero de dos mil seis; y, CONSIDERANDO: Primero: Que como el proceso se siguió bajo el trámite sumario, la queja que correspondía era la excepcional a que se refiere el apartado dos del artículo doscientos noventa y siete del Código de Procedimientos Penales, modificado por el Decreto Legislativo número novecientos cincuenta y nueve. Segundo: Que, en tal virtud, conforme a lo establecido por el apartado cuatro de dicha norma procesal, en caso de denegatoria de recurso de queja por el Tribunal Superior, el afectado en el plazo de veinticuatro horas, se dirigirá a la Corte Suprema, adjuntando copia del recurso y de la cédula de notificación que contiene el auto denegatorio de queja. Tercero: Que la ley estableció como trámite procesal válido - para el caso que nos ocupa- que la recurrente presente su recurso de queja ante la instancia Superior y denegado por éste recién se dirija al Tribunal Supremo -por tratarse en rigor de una queja excepcional teniendo en cuenta los requisitos antes mencionados. Cuarto: Que de las copias que forman el presente cuaderno se advierte que la recurrente no cumplió con formular su correspondiente recurso de queja excepcional, limitándose a pedir copias para luego recurrir directamente a este Supremo Tribunal, incumpliendo las formalidades establecidas en el apartado cuatro del precitado artículo del Código adjetivo, por tanto, se ha inobservado los presupuestos formales de estricto cumplimiento previstos por la norma procesal. Por estos fundamentos: declararon INADMISIBLE el recurso de queja interpuesto por la agraviada Olga Cristina Mejía Capcha De Felipe contra la resolución de fojas setenta, de fecha veintiocho de marzo de dos mil seis, que declaró improcedente el recurso de nulidad; en el proceso penal seguido contra Tarcelia Susana Solano Rime y Jacinto Herminio Pinto Solano por delito contra el patrimonio - usurpación en agravio de la quejosa; MANDARON: se transcriba la presente Ejecutoria a la Corte Superior de Justicia de Ancash; hágase saber; archivándose definitivamente, lo actuado.

SS.

SIVINA HURTADO

SAN MARTIN CASTRO

VALDEZ ROCA

LECAROS CORNEJO

CALDERON CASTILLO

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