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SENTENCIA

1044270

2006-10-16SALA PENAL PERMANENTE
Tipo
SENTENCIA
Número
1044270
Fecha
2006-10-16
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
SALA PENAL PERMANENTE

000520-2005-SALA PENAL

Fecha Resolución 16/10/2006

SALA PENAL PERMANENTE

Lima, dieciséis de octubre de dos mil seis.

VISTOS; el recurso de queja ordinario interpuesto por el señor FISCAL SUPERIOR contra el auto de fojas cuarenta y siete, del diecisiete de mayo de dos mil cinco, que declara improcedente el recurso de nulidad que promovió contra la resolución dictada en la sesión de audiencia de fojas cuarenta y seis, del diecisiete de mayo de dos mil cinco, que varió el mandato de detención por el de comparecencia restringida; con lo expuesto por el señor Fiscal Supremo en lo Penal; y CONSIDERANDO: Primero: Que el señor Fiscal Superior en su recurso de queja de fojas cuarenta y ocho sostiene que la denegatoria del recurso de nulidad vulnera el principio de pluralidad de la instancia y que no corresponde a la Sala Penal Superior en pleno juicio oral revocar el mandato de detención, tanto más si se trata de un acusado al que se le pide doce años de pena privativa de libertad y ha tenido la condición de ausente. Segundo: Que, sin embargo, conforme aparece de la comunicación cursada por la Presidencia de la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Ica la causa de la que procede el presente cuaderno de variación de medida de coerción personal culminó al haberse absuelto al imputado, fallo ratificado por este Supremo Tribunal -véase fojas sesenta y tres del cuadernillo formado en esta Suprema instancia-, lo que se ratifica con el cuadernillo signado con el número d mil cuatrocientos noventa y ocho - dos mil cinco que se tiene a la vista; que, en tal virtud, ha operado un supuesto de substracción de materia que impide conocer de un asunto incidental procedente de una causa principal ya concluida. Por estos fundamentos: declararon SIN OBJETO absolver el grado; en el proceso seguido contra Wilfredo Nilton Carrasco Díaz por delito contra el patrimonio - robo agravado en perjuicio de Dick Munares Flores; MANDARON se transcriba la presente Ejecutoria al Tribunal de origen; hágase saber y archívese.

S.S.

SIVINA HURTADO

SAN MARTIN CASTRO

VALDEZ ROCA

LECAROS CORNEJO

CALDERON CASTILLO

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