Lima, 16 de diciembre de 2025
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 296-2023-PCM, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de elaborar la propuesta de la Política Nacional de Demarcación y Organización Territorial, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, en adelante “el Grupo de Trabajo”;
Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial dispone que el Grupo de Trabajo tiene un periodo de vigencia de dos (2) años, contados a partir de su instalación; y, siendo el caso que dicha instalación se efectuó el 28 de diciembre de 2023, la vigencia del Grupo de Trabajo culmina el 28 de diciembre de 2025;
Que, en dicho contexto, la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial a través de la Subsecretaria de Información y Análisis Territorial señala que, si bien el Grupo de Trabajo ha venido desarrollando diversas acciones para formular la propuesta de la Política Nacional de Demarcación y Organización Territorial, está pendiente el levantamiento de observaciones realizadas por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) al primer entregable, en el marco de lo establecido en la Guía de Políticas Nacionales, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 113-2024/CEPLAN/PCD;
Que, en ese sentido, la Subsecretaría de Información y Análisis Territorial, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 296-2023-PCM, a fin de ampliar el período de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 28 de diciembre de 2026, a efectos de que cumpla con su objeto de creación, precisando que para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 296-2023-PCM
Modificar el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 296-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 8.- Periodo de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 28 de diciembre de 2026.”
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ERNESTO ALVAREZ MIRANDA
Presidente del Consejo de Ministros