La Victoria, 5 de diciembre de 2025
VISTOS:
El Informe N° 000945-2025-SGLP-GGA/MLV de fecha 23 de setiembre de 2025, de la Subgerencia de Limpieza Pública; el Informe N° 000146-2025-GGA/MLV, de fecha 25 de setiembre de 2025, de la Gerencia de Gestión Ambiental; el Informe N° 001048-2025-SGLP-GGA/MLV de fecha 10 de octubre de 2025, de la Subgerencia de Limpieza Pública; el Informe 001165-2025-SGAVOSA-GGA/MLV, de fecha 18 de octubre de 2025, de la Subgerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental; el Informe N° 001189-2025-SGAVOSA-GGA/MLV de fecha 20 de octubre de 2025, de la Subgerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental; el Memorando N° 001115-2025-GGA/MLV de fecha 23 de octubre de 2025, de la Gerencia de Gestión Ambiental; el Informe N° 000531-2025-OPIM-OGPP/MLV, de fecha 31 de octubre de 2025, de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización; el Memorando N° 000272-2025-OGPP/MLV de fecha 03 de noviembre de 2025, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000468-2025-OGAJ/MLV de fecha 24 de noviembre de 2025, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 002569-2025-GM/MLV, de fecha 02 de diciembre de 2025, de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política, en concordancia con el artículo II Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el inciso 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que son atribuciones del Alcalde dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las Leyes y Ordenanzas, en concordancia con el artículo 43° de la precitada norma, establece que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo;
Que, el numeral 43.4) del artículo 43° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando el artículo 60° de la Constitución Política y las normas de represión de la competencia desleal;
Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 159-2019/MLV, de fecha 05 de marzo de 2019 y sus modificatorias se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Victoria;
Que, mediante Informe N° 001048-2025-SGLP-GGA/MLV, de fecha 10 de octubre de 2025, la Subgerencia de Limpieza Pública remite a la Gerencia de Gestión Ambiental su propuesta de modificación del Servicio No Exclusivos correspondiente al Servicio de Recojo de Residuos de Construcción y Demolición (En adelante RCD), considerando pertinente la actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos(TUSNE), cuyo objetivo es brindar un servicio de recojo eficiente, formal y ambientalmente responsable, que contribuya al mejoramiento de la limpieza pública, el orden urbano y las condiciones ambientales del distrito de La Victoria, en beneficio directo de los vecinos;
Que, en el precitado Informe de la Subgerencia de Limpieza Pública refiere que cuenta con la capacidad operativa necesaria para la prestación del servicio, mediante el uso de unidades vehiculares tipo camión volquete, garantizando la atención oportuna de las solicitudes vecinales y la optimización de los recursos municipales; por lo que propone la modificación de la tarifa a S/ 60 soles, del servicio de recojo de RCD, el cual fue calculado tomando como referencia las tarifas vigentes de las Municipalidades Distritales de Independencia y Magdalena del Mar, conforme a lo establecido en la Resolución de Alcaldía N° 0181-2023-MDI y Resolución de Alcaldía N° 248-2023-A-MDMM, respectivamente;
Que, mediante el Informe N° 001165-2025-SGAVOSA-GGA/MLV, de fecha 18 de octubre de 2025 e Informe N° 001189-2025-SGAVOSA-GGA/MLV, de fecha 20 de octubre de 2025, la Subgerencia de Áreas Verdes Ornato y Saneamiento Ambiental pone en conocimiento de la Gerencia de Gestión Ambiental, su propuesta de modificación del TUSNE la cual se elaboró de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 000005-2024-GM/MLV, “Procedimientos para la Formulación y modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad de La Victoria. Asimismo, refiere que la prestación del servicio de corte de grass, corte de cerco vivo y poda de especies arbóreas es fundamental para el adecuado mantenimiento de las áreas verdes del distrito, ya que se ha evidenciado un abandono progresivo de la vegetación. Este servicio contribuye a mejorar la calidad del aire mediante la captura de contaminantes, regula la temperatura ambiental, reduce riesgos sanitarios y de seguridad asociados a la vegetación descuidada, y mejora significativamente la estética urbana. Además, fomenta el sentido de pertenencia vecinal, incrementa el valor inmobiliario y optimiza el uso de recursos al prevenir intervenciones costosas por falta de mantenimiento;
Que, mediante Memorando N° 001115-2025-GGA/MLV, de fecha 23 de octubre de 2025, la Gerencia de Gestión Ambiental remite a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la propuesta de modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE), formulado por las Subgerencias a su cargo concluyendo que esta propuesta busca establecer un mecanismo socialmente accesible y económicamente justo, que permita a los ciudadanos gestionar adecuadamente sus residuos de construcción y demolición, evitando el abandono de materiales en la vía pública y promoviendo una gestión sostenible de los residuos sólidos. Por lo cual tiene que modificarse los requisitos según lo expresado en las áreas técnicas. Asimismo, la prestación del servicio de corte de grass, corte de cerco vivo y poda de especies arbóreas es fundamental para el adecuado mantenimiento de las áreas verdes del distrito, ya que se ha evidenciado un abandono progresivo de la vegetación. Este servicio contribuye a mejorar la calidad del aire mediante la captura de contaminantes, regula la temperatura ambiental, reduce riesgos sanitarios y de seguridad asociados a la vegetación descuidada, y mejora significativamente la estética urbana. Además, fomenta el sentido de pertenencia vecinal, incrementa el valor inmobiliario y optimiza el uso de recursos al prevenir intervenciones costosas por falta de mantenimiento;
Que, mediante Informe N° 000531-2025-OPIM-OGPP/MLV, de fecha 31 de octubre de 2025, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización, emite opinión técnica favorable de la propuesta presentada por la Subgerencia de Limpieza Pública y Subgerencia de Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental, a cargo de la Gerencia de Gestión Ambiental, al considerar que se encuentra alineada a los Planes Institucionales de la entidad y para su elaboración se han observado los lineamientos establecidos en la Directiva N° 0005-2024-GM/MLV “Procedimientos para la Formulación y Actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE)”; opinión que hace suya, con Memorando N° 00272-2025-OGPP/MLV, de fecha 03 de noviembre de 2025, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Que, mediante Informe N° 000468-2025-OGAJ/MV, de fecha 24 de noviembre de 2025, la Oficina General de Asesoría Jurídica, considera que el Proyecto de Resolución de Alcaldía que actualiza el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Victoria, en lo referido a: i) Inclusión de tres (3) procedimientos no exclusivos correspondiente a la Subgerencia de Áreas Verdes Ornato y Saneamiento Ambiental, ii) Actualización de un (1) procedimiento correspondientes a la Subgerencia de Limpieza Pública, toda vez que la propuesta se encuentra alineada a los planes institucionales y cuenta con las opiniones técnicas favorables de las áreas competentes, por encontrarse dentro del ámbito de competencia de la Municipalidad y ajustarse a lo establecido en el numeral 43.4 del artículo 43° del TUO de la N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Estando a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20° y artículo 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con los vistos de la Gerencia Municipal, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia de Gestión Ambiental;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ACTUALIZAR en el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad Distrital de La Victoria los servicios concernientes a la Subgerencia de Limpieza Pública, conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- INCORPORAR en el Cuadro del Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad Distrital //de La Victoria los servicios concernientes a la Subgerencia de Áreas Verdes, Ornato y Saneamiento Ambiental: “Servicio de poda de especies arbóreas”, “Servicio de corte de grass” y “Servicio de corte de cerco vivo”; conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a la Gerencia de Gestión Ambiental y demás unidades orgánicas competentes.
Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda norma y/o acto administrativo que se contraponga con la presente Resolución.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la Resolución del Alcaldía en el diario oficial El Peruano y a la Oficina General de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria (www.munilavictoria.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RUBÉN CANO ALTEZ
Alcalde
2468635-1