San Isidro, 8 de enero del 2026
VISTOS:
El Informe N° D000003-2026-MIDIS/PNPDS-UOT emitido por el jefe de la Unidad de Operaciones y Transferencias, y el Informe N° D000009-2026-MIDIS/PNPDS-UAJ emitido por la jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 59 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad establece que “La persona con discapacidad severa que se encuentre en situación de pobreza bajo los criterios del Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) y que no tenga un ingreso o pensión que provenga del ámbito público o privado recibe una pensión no contributiva a cargo del Estado. Corresponde a las direcciones de Salud expedir los certificados de discapacidad severa y a Conadis registrarlos. El reglamento fija las condiciones y requisitos para el progresivo acceso a este beneficio.”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2015-MIMP se crea en el ámbito de intervención del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables el “Programa de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza”, el cual fue transferido al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social mediante Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; modificándose su denominación a “Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO” (en adelante Programa Nacional CONTIGO);
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000115-2024-MIDIS/PNPDS-DE de fecha 23 de agosto de 2024 se aprueba la versión 3 de la Directiva N° 01-2024-MIDIS/PNPDS-DE denominada “Gestión de la entrega de la pensión no contributiva del Programa CONTIGO”, modificada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000117-2025-MIDIS/PNPDS-DE de fecha 18 de agosto de 2025, cuyo objetivo es “Establecer las disposiciones generales y específicas para la Gestión de la entrega de la pensión no contributiva del Programa Nacional de la entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”; tales como, la gestión de la afiliación, gestión de la autorización del cobro y gestión de la transferencia monetaria;
Que, el numeral 4.11. de la Directiva precitada, establece que la aprobación del cronograma de pagos se realiza mediante una Resolución de Dirección Ejecutiva y establece la periodicidad dentro del ejercicio fiscal en curso de las actividades que deben realizarse para la elaboración y aprobación del Padrón de Usuarios, considerando las actividades vinculadas a la transferencia de la pensión no contributiva;
Que, conforme al artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa Nacional CONTIGO, son funciones de la Unidad de Operaciones y Transferencias “elaborar y proponer el cronograma de pagos anual de la pensión no contributiva de los usuarios a la Dirección Ejecutiva para su aprobación.”
Que, mediante Informe N° D000003-2026-MIDIS/PNPDS-UOT, el jefe de la Unidad de Operaciones y Transferencias sustenta y propone el Cronograma de pago correspondiente al ejercicio fiscal 2026, con el propósito de contar con una herramienta eficaz que permita realizar un control y determinar los plazos que deberán emplearse para ejecutar las acciones correspondientes a la elaboración de cada Padrón de Usuarios del Programa CONTIGO en el año 2026;
Que, mediante Informe N° D000009-2026-MIDIS/PNPDS-UAJ, la jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable la emisión del acto resolutivo que apruebe el Cronograma de pagos del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, correspondiente al ejercicio fiscal 2026, al encontrarse en concordancia con la Directiva N° 01-2024-MIDIS/PNPDS-DE denominada “Gestión de la entrega de la pensión no contributiva del Programa CONTIGO”;
Con el visado del jefe de la Unidad de Operaciones y Transferencias y de la jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica; en el marco del Decreto Supremo N° 004-2015-MIMP y el Decreto Supremo N° 008-2017- MIDIS que crea y transfiere el Programa Nacional CONTIGO al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y las competencias establecidas en el Manual de Operaciones del Programa Nacional CONTIGO, aprobado mediante Resolución Ministerial N° D000138-2025-MIDIS.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar el “Cronograma de pagos del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO”, correspondiente al ejercicio fiscal 2026, consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución de acuerdo al siguiente detalle:
Artículo 2.- Notificación
Remitir la presente resolución a las Unidades de organización del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO para su conocimiento y cumplimiento conforme a sus atribuciones.
Artículo 3.- Publicación
3.1 Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
3.2 Encargar que la Unidad de Comunicaciones e Imagen publique la presente resolución en la sede digital del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO ( https://www.gob.pe/contigo ).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CE SAR ARTIDORO SAMAME CORNEJO
Director Ejecutivo
Dirección Ejecutiva
2475337-1
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