Lima, 12 de enero de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 002146-2025-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 23 de octubre de 2025, proveído Nº 001576-2025-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 23 de diciembre de 2025, oficio Nº 006991-2025-MP-FN-PJFSJUNIN, de fecha 3 de noviembre de 2025, y el informe Nº 0003-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 5 de enero de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio y proveído de vistos, cursados por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, se remite la carta y subsanación de la misma de fechas 15 de octubre 2025 y 15 de diciembre de 2025, respectivamente, suscritas por la abogada Narda Ysabel Bonett Rodríguez, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designada en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huancayo, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales y de salud.
En la carta de renuncia, la citada abogada solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 22 de noviembre de 2025, y el retorno a su cargo de carrera como fiscal adjunta provincial titular de familia y civil de Huancayo, Distrito Fiscal de Junín, no obstante otorgada la conformidad y solicitada la subsanación, la coordinación remite la subsanación de la misma mediante proveído de fecha 23 de diciembre de 2025, de manera tal que se cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 414-2021-MP-FN, de fecha 25 de marzo de 2021, se resolvió nombrar a la abogada Narda Ysabel Bonett Rodríguez, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huancayo, con retención de su cargo de carrera.
Del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 5 de enero de 2026, se advierte que la abogada Narda Ysabel Bonett Rodríguez, registra cinco (5) quejas en trámite.
Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2248-2025-MP-FN, de fecha 25 de julio de 2025, se nombró a la abogada Magnolia Beatriz Chuco Solórzano, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, designándola en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Huancayo.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que: “ el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma ” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales) .
Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a los que se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde, y, de acuerdo al numeral 64.2 del mismo artículo, los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa.
El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación (i), estando a las normas señaladas, a la carta de renuncia de la abogada Narda Ysabel Bonett Rodríguez y según el informe Nº 0003-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 5 de enero de 2026, se hace necesario emitir el acto resolutivo que acepte su renuncia al cargo de fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín y a su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huancayo, en consecuencia designarla conforme a su cargo de carrera — fiscal adjunta provincial titular de familia y civil de Huancayo, Distrito Fiscal de Junín— para lo cual previamente se deberá concluir el nombramiento y designación de la abogada Magnolia Beatriz Chuco Solórzano, quien ocupa la plaza en la que será designada la fiscal titular, teniendo en consideración lo expresado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, a través del oficio Nº 006991-2025-MP-FN-PJFSJUNIN, de fecha 3 de noviembre de 2025.
De conformidad con lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Narda Ysabel Bonett Rodríguez, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Huancayo, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº s 414-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 25 de marzo de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.
Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Magnolia Beatriz Chuco Solórzano, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Junín, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Huancayo, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2248-2025-MP-FN, de fecha 25 de julio de 2025.
Artículo Tercero .- Designar a la abogada Narda Ysabel Bonett Rodríguez, fiscal adjunta provincial titular de familia y civil de Huancayo, Distrito Fiscal de Junín, en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Huancayo.
Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento a las abogadas mencionados en la presente resolución, que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Quinto .- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Coordinación Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a las abogadas mencionadas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación (i)