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Resolución de la Fiscalía de la Nación

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur

2026-01-29FN
Tipo
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Número
257-2026-MP-FN
Fecha
2026-01-29
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
FN

Lima, 28 de enero de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 002661-2025-MP-FN-CN-FISPREV, de fecha 18 de diciembre de 2025, oficio Nº 000255-2026-MP-FN-CN-FISPREV, de fecha 23 de enero de 2026, e informe Nº 00022-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 23 de enero de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, cursados por el Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, se remite y expresa conformidad a la carta y escrito complementario, presentados en fechas 12 de diciembre de 2025 y 22 de enero de 2026, respectivamente, suscritos por la abogada Kelly Hither Cervantes Espejo, fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, designada en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Lima Sur, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales y de salud.

En la carta de renuncia y escrito complementario, la citada abogada solicita su renuncia se haga efectiva a partir del 12 de enero de 2026, para lo cual presenta los mismos considerando el plazo de anticipación previsto en la ley y contando con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el Oficio Circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1764-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021, se resolvió nombrar a la abogada Kelly Hither Cervantes Espejo, como fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Lima Sur; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación (i), conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 00022-2026-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 23 de enero de 2026, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Kelly Hither Cervantes Espejo, con eficacia anticipada a partir del 12 de enero de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Kelly Hither Cervantes Espejo, como fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, y a su designación en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Lima Sur, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1764-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 14 de diciembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada a partir del 12 de enero de 2026.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Kelly Hither Cervantes Espejo que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación (i)

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