Lima, 30 de enero de 2026
VISTOS, los Oficio N° 101-2026-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 000265-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta S/N, el Subcomandante en Jefe de Operaciones de la Policía de Dubái se dirige a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú con el propósito de cursar invitación para que el personal policial participe en la Séptima Edición del Desafío UAE SWAT, a realizarse del 7 al 11 de febrero de 2026, en la ciudad de Dubái de los Emiratos Árabes Unidos;
Que, con Informe N° 02-2026-REGPOL LIMA CENTRO-DIVTAURB-SUAT, la Región Policial Lima Centro de la Policía Nacional del Perú, sustenta la importancia y viabilidad de la participación del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, en la comisión descrita precedentemente;
Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión N° 023-2026-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 2 al 13 de febrero de 2026, a la ciudad de Dubái de los Emiratos Árabes Unidos, precisando que, resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto, permitirá representar a la institución policial, a su vez dar a conocer y compartir las técnicas y tácticas de combate cercano urbano, de francotiradores y de técnicas de apertura, además, compartir sus experiencias en temas relacionados al desarrollo del evento, el mismo que servirá para fortalecer las relaciones de cooperación con su similares;
Que, la participación del personal policial en la comisión asignada se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), alojamiento, traslados internos y asistencia médica de emergencia serán asumidos por la Policía de Dubái, de conformidad con la comunicación electrónica de fecha 16 de enero de 2026; asimismo, por concepto de viáticos parciales (40%), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior conforme a la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000178; y la Hoja de Estudio y Opinión N° 023-2026-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;
Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;
Que, la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, en su artículo 10 establece que “10.1 Durante el Año Fiscal 2026, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;
Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, a través del informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 2 al 13 de febrero de 2026, a la ciudad de Dubái de los Emiratos Árabes Unidos;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del 2 al 13 de febrero de 2026, a la ciudad de Dubái de los Emiratos Árabes Unidos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del siguiente personal policial:
- Coronel PNP CARLOS ANGEL ODRIA TELLO
- Capitán PNP CRISTOPHER SAGRED CASTRO CASTRO
- Suboficial Técnico de Tercera PNP JHONATTAN CONTHABER RAMIREZ GRANDEZ
- Suboficial de Primera PNP PABLO EDUARDO MEZA RIVERA
- Suboficial de Tercera PNP GERSON ALDAIR AREVALO ATOCHA
- Suboficial de Tercera PNP EVER EDUARDO CHAVEZ VERA
- Suboficial de Tercera PNP YOEXER ABRAHAN HERRERA CORONADO
- Suboficial de Tercera PNP RODRIGO JOSUE HERNANI LOPEZ
Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos parciales (40%) que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICENTE TIBURCIO ORBEZO
Ministro del Interior
Importe | Personas | Días | Total Viáticos parciales (40%) | US$ 204,00 | 8 | 10 | US$ 16 320,00