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RESOLUCIÓN JEFATURAL

Modifican la Resolución Jefatural N° 000218-2025-ANIN/JEF, mediante la cual se delegan facultades a diferentes unidades de organización de la ANIN para el Año Fiscal 2026

2026-02-04ANIN
Tipo
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Número
000034-2026-ANIN
Fecha
2026-02-04
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
ANIN

Jesús María, 3 de febrero de 2026

VISTOS:

El Memorando N° 000502-2026-ANIN/DAI, de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura; el Informe N° 000056-2026-ANIN/DAI-SEM, de la Subgerencia de Estudio de Mercado; el Memorando N° 000088-2026-ANIN/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000015-2026-ANIN/OPP-UM de la Unidad de Modernización; el Informe N° 000071-2026-ANIN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional de Infraestructura, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 31841, se crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo;

Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, establece los diferentes actores involucrados directamente en el proceso de contratación pública, entre los que se encuentra el Titular de la Entidad que recae en la máxima autoridad ejecutiva al interior de la entidad contratante conforme a sus normas de creación y organización. Asimismo, se precisa en el numeral 25.2 artículo 25 del mismo cuerpo legal, que el titular de la entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las facultades que la Ley les otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento;

Que, el artículo 55 de la citada Ley señala que las entidades contratantes están facultadas para contratar directamente con un determinado proveedor, estableciendo los supuestos para dicho efecto, entre los cuales se encuentra el previsto en el literal k) del numeral 55.1 del citado artículo que señala para continuar con la ejecución de las prestaciones aún no ejecutadas de un contrato resuelto o declarado nulo por las causales previstas en los literales a) y b) del párrafo 71.1 del artículo 71 de la Ley, siempre que el contrato derive de un procedimiento de selección competitivo; asimismo, en su numeral 55.2 prevé que las contrataciones directas son aprobadas por la autoridad de la gestión administrativa o el titular de la entidad, según disponga el Reglamento;

Que, el numeral 102.2 del artículo 102 del Reglamento de la Ley N° 32069, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2025-EF, establece que el titular de la entidad aprueba la contratación mediante procedimientos no competitivos en las siguientes causales: b), c), y k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley;

Que, el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, en los numerales 67.1 y 67.2 del artículo 67 de la norma antes citada, se establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, el literal v) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, señala dentro de las funciones de la Jefatura de la ANIN el delegar en el/la Gerente/a General de la ANIN o en otros/as funcionarios/as o servidores/as, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, dentro de las competencias de la ANIN;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 000218-2025-ANIN/JEF, la Jefatura de la ANIN delega facultades a diferentes unidades de organización de dicha entidad para el Año Fiscal 2026, la cual ha sido modificada por la Resolución Jefatural N° 000005-2026-ANIN/JEF y Resolución Jefatural N° 000009-2026-ANIN/JEF;

Que, con el Memorando N° 000502-2026-ANIN/DAI de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura y el Informe N° 000056-2026-ANIN/DAI-SEM, de la Subgerencia de Estudio de Mercado, se propone delegar en el Director de dicha Dirección la facultad de aprobar contrataciones directas, en el supuesto del literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, con el propósito de otorgar celeridad a la gestión administrativa para el cumplimiento de sus objetivos y atendiendo a la casuística desarrollada conforme a sus competencias;

Que, con el Memorando N° 000088-2026-ANIN/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000015-2026-ANIN/OPP-UM de la Unidad de Modernización, se emite opinión favorable señalando que la propuesta de incorporación de la delegación de facultad a favor del Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, es coherente con las funciones establecidas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, aprobado por Resolución Jefatural N° 002-2023- ANINJEFATURA, así como con las competencias delegables reconocidas en el artículo 25.2 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, garantizando la adecuada distribución de funciones, evitando superposiciones y reforzando la eficiencia en la gestión de contrataciones;

Que, con Informe N° 000071-2026-ANIN/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable legalmente que el Jefe de la ANIN delegue en el Director de la de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura la facultad de aprobar contrataciones directas en el supuesto señalado en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069, ya que es concordante con lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y sus modificatorias, así como el literal v) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN;

Que, teniendo presente la estructura orgánica de la ANIN, y con el propósito de garantizar la adecuada gestión administrativa de la entidad que permita cumplir con la programación y ejecución de las metas institucionales correspondientes al Año Fiscal 2026, resulta necesario incorporar una facultad delegada a favor del Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, en el numeral 3.4 del artículo 3 de la Resolución Jefatural N° 000218-2025-ANIN/JEF y modificatorias;

Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, aprobado por la Resolución Jefatural N° 002-2023-ANIN-JEFATURA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporación

Incorporar el literal c) en el numeral 3.4 del artículo 3 de la Resolución Jefatural N° 000218-2025-ANIN/JEF, conforme al siguiente texto:

“Artículo 3.- Delegación de facultades al Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura

Delegar en el Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura de la Autoridad Nacional de Infraestructura, las siguientes facultades:

(…)

3.4 En materia de contrataciones para infraestructura (bienes, servicios, obras y consultorías de obras) bajo el ámbito de la normativa de contrataciones públicas.

(…)

“c) Aprobar las contrataciones directas para continuar con la ejecución de prestaciones aún no ejecutadas de un contrato resuelto o declarado nulo, conforme a lo previsto en el literal k) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N° 32069.”

Artículo 2.- Observancia de los requisitos legales

La delegación de facultad a que se refiere la presente Resolución Jefatural comprende las atribuciones de pronunciarse o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.

Artículo 3.- Plazo de la delegación

La delegación de facultad autorizada mediante la presente Resolución Jefatural tienen vigencia durante el Año Fiscal 2026.

Artículo 4.- Notificación

Notificar la presente Resolución Jefatural al Director de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura, para los fines correspondientes, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 002-2024-ANIN/JEF/OPP-UM “Directiva para la elaboración y expedición de actos resolutivos y elaboración de documentos oficiales en la Autoridad Nacional de Infraestructura” aprobada por Resolución Jefatural N° 015-2024-ANIN-JEF.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO IVAN ATARAMA MARTINEZ

Jefe de la Autoridad Nacional de Infraestructura(e)

Autoridad Nacional de Infraestructura

2483530-1

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