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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 085

Delegan en el Jefe de la Oficina General de Planificación y Finanzas, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima, vinculadas al ejercicio presupuestario 2026

2026-02-07
Tipo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 085
Número
RESOLUCION-DE-ALCALDIA-N-085
Fecha
2026-02-07
Cuerpo de texto
Sí

Lima, 4 de febrero de 2026

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

VISTOS: El Informe N° D000009-2026-MML-OGPF-OP de la Oficina de Presupuesto, el Memorando N° D000026-2026-MML-OGPF de la Oficina General de Planificación y Finanzas, el Informe N° D000071-2026-MML-OGAJ de la Oficina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D000165-2026-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, el artículo 6 de la citada ley, establece que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local, siendo el alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa; el numeral 6 del artículo 20 le atribuye la facultad de dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; el artículo 43 dispone que dichas resoluciones aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; y el artículo 53 señala que el alcalde es el titular del pliego para efectos de la administración presupuestaria y financiera de la municipalidad;

Que, el Principio de Anualidad Presupuestaria, previsto en el numeral 11 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el presupuesto del sector público tiene vigencia anual y coincide con el año calendario, denominado Año Fiscal, periodo durante el cual se afectan los ingresos que se recauden o perciban, cualquiera sea la fecha en que se hubieran generado, así como se realizan las gestiones orientadas a la ejecución del gasto;

Que, conforme al numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, el titular de la entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando ello se encuentre expresamente previsto en dicho decreto legislativo, en las leyes de presupuesto del sector público o en la norma de creación de la entidad, siendo responsable solidario con el delegado;

Que, el numeral 47.2 del artículo 47 del citado decreto legislativo establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante resolución del titular de la entidad, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces, pudiendo dicha facultad ser delegada mediante disposición expresa, la cual debe ser publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima establece que la Oficina General de Planificación y Finanzas es el órgano estratégico encargado de la gestión de los sistemas administrativos de presupuesto, tesorería y contabilidad, así como de la gestión de los recursos financieros, la supervisión de los procesos de planeamiento, organización, modernización y programación multianual de inversiones, orientando su accionar al control eficiente de los ingresos y gastos y a cautelar una adecuada estructura financiera de la entidad;

Que, mediante Memorando N° D000026-2026-MML-OGPF, la Oficina General de Planificación y Finanzas remitió a la Oficina General de Asuntos Jurídicos el Informe N° D000009-2026-MML-OGPF-OP, elaborado por la Oficina de Presupuesto, en el cual se sustenta la necesidad de delegar la facultad de aprobación de modificaciones presupuestarias, a fin de agilizar los procesos internos y cumplir con los plazos establecidos en la normativa presupuestal vigente;

Que, mediante Informe N° D000071-2026-MML-OGAJ, la Oficina General de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros aspectos, que resulta conforme a la normativa vigente que, mediante resolución de alcaldía, se delegue en el Jefe de la Oficina General de Planificación y Finanzas, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima, vinculadas al ejercicio presupuestario 2026;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municip alidades;

RESUELVE:

Artículo Primero.- DELEGAR en el Jefe de la Oficina General de Planificación y Finanzas, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima, vinculadas al ejercicio presupuestario 2026, incluidos sus anexos, a propuesta y previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces, según corresponda, así como aquellas que se requieran en el período de regularización, conforme a las consideraciones expuestas en la presente resolución.

Artículo Segundo.- PRECISAR que la delegación de facultades a que se refiere la presente resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y resolver, sin eximir al delegado del cumplimiento de los requisitos, plazos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto.

Artículo Tercero.- DISPONER la remisión de copia de la presente resolución a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente resolución de alcaldía en el diario oficial El Peruano y, a la Oficina de Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima http://www.transparencia.gob.pe el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO

Alcalde

2484403-1

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