Lima, 10 de febrero de 2026
VISTOS, las Ordenes Procesales N° 10 y N° 13, de la Presidencia del Tribunal Arbitral ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional; los Memorandos N° 1818-2025-JUS/PPMJDH y N° 000129-2026-JUS/PPMJDH, de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Informe N° 046-2026-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 0248-2026-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Caso N° 27059/AB/PDP, se sigue un proceso de arbitraje internacional ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, interpuesto por el señor Charles Max Damien Acelor contra la República del Perú;
Que, la Presidencia del Tribunal Arbitral en el citado proceso, mediante la Orden Procesal N° 10 aprobó un nuevo calendario procesal que incluye audiencias presenciales (entre ellas, para las declaraciones periciales y de testigos); y, mediante la Orden Procesal N° 13, se estableció la lista de testigos y peritos, precisándose que se espera contar con la presencia del equipo legal del Ministerio de Justicia y Derechos Humamos. Dichas actividades se realizarán del 24 al 27 de febrero de 2026 en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte;
Que, el 23 de febrero de 2026, se realizará una reunión de coordinación previa a las audiencias con los representantes del estudio jurídico en Londres, testigos y peritos, a fin de establecer la estrategia de defensa para dichas audiencias;
Que, para estos efectos, se propone la asistencia de los señores Erick Samuel Villaverde Sotelo, Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Omar José García Chávez, Experto III en Defensa Jurídica del Estado en la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que, conforme a los documentos de vistos, la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos señala que el objeto de asistir a las citadas sesiones, entre otros, es brindar respuestas inmediatas y precisas al Tribunal Arbitral y/o a los abogados de la contraparte relacionadas con el derecho peruano; fortalecer la coordinación con el estudio de abogados que asesora a dicha procuraduría; y, facilitar la coordinación directa con los testigos y peritos del Estado peruano;
Que, la citada participación es de interés nacional, pues resulta indispensable para garantizar la defensa jurídica efectiva de los intereses del Estado peruano en una controversia arbitral internacional de alta relevancia e impacto. La participación presencial de los representantes de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos permite asegurar una actuación procesal oportuna y técnicamente idónea ante el Tribunal Arbitral;
Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que la participación de los comisionados, se vinculan con el OES03, Objetivo Estratégico Sectorial 03 del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos, relacionado a efectivizar la protección de los intereses del Estado;
Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las actividades programadas, corresponde autorizar el viaje de los comisionados a los que se ha hecho referencia; y, considerando el itinerario, el presente viaje será del 21 de febrero al 01 de marzo de 2026;
Que, los gastos que genere el viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Con los visados de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Erick Samuel Villaverde Sotelo, Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Omar José García Chávez, Experto III en Defensa Jurídica del Estado en la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 21 de febrero al 01 de marzo de 2026.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:
Erick Samuel Villaverde Sotelo, Procurador Público del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Pasajes US $ 4,163.39
Viáticos x 7 días US $ 3,780.00
Omar José García Chávez, Experto III en Defensa Jurídica del Estado en la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Pasajes US $ 4,163.39
Viáticos x 7 días US $ 3,780.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, las personas citadas en el artículo 1 de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos en el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER E. MARTÍNEZ LAURA
Ministro
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
2485484-1