Lima, 6 de febrero del 2026
VISTO: el Informe N° 0051-2026-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico de la Dirección General de Aeronáutica Civil;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú (RAP) y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC;
Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pone en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las RAP con una antelación de quince días calendario;
Que, mediante Resolución Directoral N° 0449-2021-MTC/12, del 09 de setiembre de 2021, se aprobó el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 304 “Cartas Aeronáuticas” Nueva Edición, Enmienda 3.;
Que, dentro del proceso de elaboración normativa, mediante Resolución Directoral N° 0830-2025-MTC/12, del 11 de diciembre de 2025, se aprobó la difusión del texto del proyecto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú-RAP 304 “Cartas Aeronáuticas”, Nueva Edición, Enmienda 3, que pasará a ser Nueva Edición, Enmienda 4; el texto del proyecto de modificación de la citada RAP no ha recibido comentarios;
Que, la modificación propuesta se basa, principalmente, en la armonización de la RAP 304 con la Enmienda 62 del Anexo 4 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional;
Que, la propuesta normativa cuenta con las opiniones favorables de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico, la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones, así como la conformidad para su aprobación de la asesoría legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, emitidas mediante Informe N° 0051-2026-MTC/12.08, Memorando N° 0068-2026-MTC/12.04, Memorando N° 0036-2026-MTC/12.07 y Memorando N° 0095-2026-MTC/12.00.03, respectivamente;
De conformidad con la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 304 “Cartas Aeronáuticas” Nueva Edición, Enmienda 4, el cual forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto los textos anteriores de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 304 “Cartas Aeronáuticas”, materia de modificación.
Artículo 3.- El texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 304 “Cartas Aeronáuticas” Nueva Edición, Enmienda 4, es publicado en la Plataforma digital única del Estado peruano: https://www.gob.pe/institucion/mtc/colecciones/193
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA MARIELLA MARIN UGARTE
Directora General de la Direccion General
de Aeronautica Civil
Ministerio de Transportes y Comunicaciones