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DECRETO DE ALCALDÍA

Prorrogan las fechas de vencimiento para el pago al contado y para el pago de la primera cuota del impuesto predial, así como la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales, dispuesto en la Ordenanza N° D000519-2026-AL-MDI

2026-02-28MDI
Tipo
DECRETO DE ALCALDÍA
Número
D000003-2026-AL-MDI
Fecha
2026-02-28
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
MDI

Independencia, 25 de Febrero del 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA

VISTO:

El Informe Nº D000139-2026-SGRR-MDI de la Subgerencia de Registro y Recaudación; Memorando Nº D000102-2026-GSAT-MDI de la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria; Informe Nº D000114-2026-OGAJ-MDI de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Memorando Nº D000211-2026-GM-MDI de la Gerencia Municipal, sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº D000519-2026-AL-MDI, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que “ Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia ”, autonomía que, según lo estipulado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúa que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº D000519-2026-AL-MDI, se aprobó el monto mínimo del impuesto predial, así como el calendario de vencimiento para el Pago de los Tributos Municipales del Ejercicio Fiscal 2026, en el distrito de Independencia;

Que, de conformidad con la Primera Disposición Transitoria y Final de la precitada Ordenanza, se faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la prórroga y correcta aplicación;

Que, estando próximos al vencimiento para realizar el pago al contado de los tributos municipales del ejercicio 2026, mediante Informe Nº D000139-2026-SGRR-MDI de fecha 20 de febrero de 2026, la Subgerencia de Registro y Recaudación y con Memorando Nº D000102-2026-GSAT-MDI de la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, informan que, con la finalidad de permitir que más contribuyentes puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias del ejercicio fiscal 2026 y brindar incentivos para cumplir con el pago oportuno dentro de un plazo adecuado;

Que, en este sentido, manifiestan que resulta conveniente establecer una prórroga de las fechas de vencimiento para el pago al contado, así como el pago de la primera cuota del Impuesto Predial y, de la primera y segunda cuota de los Arbitrios Municipales establecidos en la Ordenanza NºD000519-2026-AL-MDI, hasta el 31 de marzo de 2026;

Que, a través del Informe Nº D000114-2026-OGAJ-MDI de fecha 20 de febrero de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que, resulta viable la emisión del Decreto de Alcaldía para prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº D000519-2026-AL-MDI, hasta el 31 de marzo del 2026, para el pago al contado y para el pago de la primera cuota del impuesto predial, así como, la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales del ejercicio fiscal 2026, en concordancia con el artículo 42º de la Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades;

Estando a lo expuesto y a lo solicitado por la Gerencia Municipal mediante Memorando Nº D000211-2026-GM-MDI de fecha 24 de febrero de 2026 y; en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR las fechas de vencimiento para el pago al contado y para el pago de la primera cuota del impuesto predial, así como la primera y segunda cuota de los arbitrios municipales, dispuesto en la Ordenanza Nº D000519-2026-AL-MDI, la cual establece el monto mínimo del impuesto predial y el calendario de vencimiento para el pago de los tributos municipales del ejercicio fiscal 2026, en el distrito de Independencia; de acuerdo al siguiente detalle:

IMPUESTO PREDIAL

• Pago al contado: 31 de marzo del 2026

• Pago Fraccionado:

Primera Cuota: 31 de marzo del 2026

ARBITRIOS MUNICIPALES

• Enero: 31 de marzo del 2026

• Febrero: 31 de marzo del 2026

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro y Recaudación y a la Oficina de Tesorería, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Articulo Tercero.- ENCOMENDAR a la Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Oficina de Imagen Institucional su debida difusión y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación en el Portal Institucional de la entidad ( www.muniindependencia.gob.pe ).

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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