⚖️ Índice 2026-03-05 Aceptan donación de equipos de fiscalización electrónica realizada por el Gobierno Metropolitano de Seúl a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima
ACUERDO DE CONCEJO

Aceptan donación de equipos de fiscalización electrónica realizada por el Gobierno Metropolitano de Seúl a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima

2026-03-05
Tipo
ACUERDO DE CONCEJO
Número
045
Fecha
2026-03-05
Cuerpo de texto

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; en uso de sus facultades normativas y de lo indicado en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Cooperación y Relaciones Internacionales mediante Dictamen N° 005-2026-MML/CMCRI, por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización a través del Dictamen N° 008-2026-MML/CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen N° 022-2026-MML/CMAL; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;

Ha adoptado el acuerdo siguiente:

ACUERDO DE CONCEJO QUE ACEPTA LA DONACIÓN DE EQUIPOS DE FISCALIZACIÓN ELECTRÓNICA, OTORGADAS POR EL GOBIERNO METROPOLITANO DE SEÚL A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

VISTOS: La Carta de Donación s/n del 31 de agosto de 2025 del Gobierno Metropolitano de Seúl, el Informe N° 001-2025-RVG-AER-JCYC del área técnica de la Subgerencia de Gestión y Fiscalización, el Memorando N° D001864-2025-MML-GMU-SGF de la Subgerencia de Gestión y Fiscalización, el Informe N° D000053-2025-MML-GMU-AA del Área de Administración de la Gerencia de Movilidad Urbana, el Memorando N° D000478-2025-MML-GMU de la Gerencia de Movilidad Urbana, el Informe Técnico N° D000041-2025-MML-OGA-OL-ABMI del Área de Bienes Muebles e Inventario, el Informe N° D002081-2025-MML-OGA-OL de la Oficina de Logística, el Memorando N° D000534-2025-MML-OGA de la Oficina General de Administración, los Informes N° D001032-2025-MML-OGAJ y N° D000051-2026-MML-OGAJ de la Oficina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D002170-2025-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, así como el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 1621 del Código Civil, define a la donación pura como el acto mediante el cual el donante se obliga a transferir gratuitamente al donatario la propiedad de un bien;

Que, los artículos 55 y 56 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en adelante: LOM, establecen que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley y que son bienes de las municipalidades, entre otros, las donaciones que se instituyan en su favor;

Que, el numeral 20 del artículo 9 de la LOM, señala que es atribución del Concejo Municipal, aceptar donaciones; en tanto que el artículo 41 de la citada Ley señala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal Metropolitana N° D000216-2022-MML-GMM del 8 de noviembre de 2022 se aprobó la Directiva N° 012-2022-MML “Normas y procedimientos para tramitar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima”, en adelante: la Directiva de la MML, cuyo objeto es establecer las normas y procedimientos para la recepción, aceptación, registro, distribución, aprobación, y reporte de las donaciones que se realicen a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima por donantes públicos y/o privados, nacionales y/o internacionales;

Que, el numeral 7.1.1 de la Directiva de la MML, establece que, las donaciones de bienes muebles e inmuebles son aquellas donaciones que consisten en la transferencia de la propiedad a título gratuito de este tipo de bienes a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, el numeral 7.6.2 de la acotada directiva establece que en caso de las donaciones iguales a mayores a 5 Unidades Impositivas Tributarias - UIT (S/ 27,500.00 para el 2026, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 301-2025-EF) la Oficina General de la Secretaría del Concejo dispondrá la publicación del acuerdo de concejo en el diario oficial “El Peruano”;

Que, el artículo 17 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 27444, permite que un acto administrativo pueda retrotraer sus efectos a una fecha anterior a su emisión (eficacia anticipada), siempre que: sea más favorable a los administrados, no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe de terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Que, mediante acta de entrega de donación a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del 11 de marzo de 2025, el Gobierno Metropolitano de Seúl entregó equipos de fiscalización electrónica; la cual fue formalizada a través de la Carta de Donación s/n del 31 de agosto de 2025, en la que el Gobierno Metropolitano de Seúl manifestó su deseo de donar a favor de la Subgerencia de Gestión y Fiscalización de la Gerencia de Movilidad Urbana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a título gratuito, los equipos de fiscalización electrónica de su propiedad, antes referidos; por lo cual, remitió la documentación que sustenta dicho acto de disposición;

Que, mediante Informe Técnico N° D000041-2025-MML-OGA-OL-ABMI del 1 de octubre de 2025, el Área de Bienes Muebles e Inventario de la Oficina de Logística, con la conformidad de la referida oficina a través del Informe N° D002081-2025-MML-OGA-OL y de la Oficina General de Administración en su Memorando N° D000534-2025-MML-OGA, emite opinión favorable y da su conformidad a los equipos recibidos, para ser destinados en la intersección semafórica de la Av. Brasil con Jr. Orbegoso en el distrito de Breña, toda vez que se encuentran en posesión de la Municipalidad Metropolitana de Lima y que las características de los mismos se ajustan a lo descrito en la documentación presentada por el donante; cumpliendo con los requerimientos básicos para su instalación y puesta en uso; quedando expedito para continuar con los trámites de aceptación de donación de acuerdo a los procedimientos establecidos en la normativa vigente; precisando que los bienes materia de donación cuentan con un valor inicial de S/ 82,680.00 (ochenta y dos mil seiscientos ochenta con 00/100 soles);

Que, la Oficina General de Asuntos Jurídicos, a través del Informe N° D001032-2025-MML-OGAJ del 13 de octubre de 2025, complementado con el Informe N° D000051-2026-MML-OGAJ del 15 de enero de 2026, emite opinión legal favorable, concluyendo que resulta conforme a la normativa vigente que el Concejo Metropolitano acepte la donación sub materia, con eficacia anticipada al 11 de marzo de 2025;

ACORDÓ:

Artículo Primero.- ACEPTAR LA DONACIÓN de equipos de fiscalización electrónica, valorizados en un total de S/ 82,680.00 (ochenta y dos mil seiscientos ochenta con 00/100 soles), realizada por el Gobierno Metropolitano de Seúl a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con eficacia anticipada al 11 de marzo de 2025, y cuya descripción se detalla en el anexo que forma parte del presente acuerdo.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración, realizar, a través del Área de Bienes Muebles e Inventario de la Oficina de Logística, el alta de los bienes recibidos en donación, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación del presente acuerdo en el diario oficial El Peruano, y a la Oficina de Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe , el mismo día de su publicación en el diario oficial.

POR TANTO:

Al promulgarlo, mando se registre, publique, comunique y cumpla.

Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los veintiséis días de febrero de dos mil veintiséis.

ACUERDO DE CONCEJO N° 045

ANEXO

ÍTEM | CANTIDAD | TIPO DEL BIEN | CARACTERÍSTICAS DEL BIEN | CONDICIÓN DEL BIEN | VALOR DEL BIEN S/ 1 | 1 | CÁMARA DE FISCALIZACIÓN | CÁMARA, LENTE MOTORIZADO, CONTROLADOR, CONCENTRADOR DE RED, ALIMENTACIÓN CONMUTADA (SMPS), CABLE, 370(ANCHO) X 200(ALTO) X 750(LARGO), 15KG, BLANCO | NUEVO | S/ 36,400.00 2 | 1 | PAN-TILT (MOV. HORIZONTAL Y VERTICAL) | PAN-TILT, CABLE, 211(ANCHO) X 240(ALTO) X 304(LARGO), 10KG, GRIS CLARO | NUEVO | S/ 3,900.00 3 | 1 | SENSOR DE RADAR | RADAR SENSOR, BRACKET, CABLE, 255(W) X 130(H) X 150(D), 4KG, NEGRO | NUEVO | S/ 11,700.00 4 | 1 | CÁMARA DE ASISTENCIA | CÁMARA IP, CABLE, LICENCIA DE ALGORITMO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL DE APRENDIZAJE PROFUNDO, 91(ANCHO) X 91(ALTO) X 368(LARGO), 6KG, GRIS OSCURO | NUEVO | S/ 13,000.00 5 | 1 | UNIDAD DE PROCESAMIENTO | UNIDAD PRINCIPAL DE PROCESAMIENTO, CABLE, LICENCIA DE LPR (RECONOCIMIENTO DE PLACAS), 269(ANCHO) X 176(ALTO) X 230(LARGO), 4.5KG, NEGRO | NUEVO | S/ 15,600.00 6 | 1 | POE SWITCH | SWITCH POE, FUENTE DE ALIMENTACIÓN, CABLE, 160(ANCHO) X 158(ALTO) X 111(LARGO), 2.5KG, NEGRO | NUEVO | S/ 2,080.00 TOTALES | S/ 82,680.00

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