San Borja, 2 de marzo del 2026
VISTOS: los Oficios N° 000040-2026-BNP-J y N° 001283-2025-BNP-J de la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000089-2026-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográficos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos científico, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identificación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia;
Que, con Oficio N° 000482-2025-BNP-J se notifica al presidente del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú (CEHMP) el inicio del procedimiento de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de nueve (09) unidades bibliográficas (1841-1880) y un (01) cuaderno de partituras (1895-1915);
Que, mediante Oficio N° 001283-2025-BNP-J la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria de nueve (09) unidades bibliográficas (1841-1880) y un (01) cuaderno de partituras (1895-1915) como Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, a través del Informe Técnico N° 000129-2025-BNP-J-DPC-UVDP de la Unidad Funcional de Valoración y Defensa del Patrimonio Bibliográfico Documental de la Dirección de Protección de las Colecciones de la Biblioteca Nacional del Perú, se desarrolla la importancia, el valor y significado de las unidades bibliográficas y del cuaderno de partituras siendo complementado con el Informe N° 000012-2026-BNP-J-DPC-UVDP;
Que, con el Informe N° 000424-2025-BNP-J-DPC, la Dirección de Protección de las Colecciones recomienda a la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú proponer al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de las nueve (09) unidades bibliográficas y del cuaderno de partituras;
Que, las nueve (09) unidades bibliográficas y el cuaderno de partituras poseen relevancia para la historia militar y la construcción de la identidad nacional peruana. Si bien es cierto los autores y formatos difieren, estas unidades bibliográficas documentales se vinculan estrechamente en términos de procedencia y contenido;
Que, asimismo, las nueve (09) unidades bibliográficas y el cuaderno de partituras se encuentran custodiados por el Centro de Estudios Histórico Militares del Perú (CEHMP), institución que constituye un importante pilar para la investigación y divulgación de la historia patria, al conservar en sus repositorios fuentes documentales que permiten reconstruir, comprender y ampliar el conocimiento en torno a la historia militar del país;
Que, además, las nueve (09) unidades bibliográficas y el cuaderno de partituras no sólo documentan aspectos importantes de la historia nacional, sino que muestran distintas expresiones del patriotismo peruano. Las nueve (09) unidades bibliográficas se vinculan con la familia de Francisco Bolognesi, cuyos materiales formaron parte de su formación académica, con obras de ciencia natural, derecho canónico y conducta cívica. Y el cuaderno de partituras de José Sabas Libornio contiene composiciones fundamentales para entender el desarrollo de la música militar, patriótica y criolla en el país, entre las que destaca La Marcha Nacional Peruana, actualmente conocida como Marcha de Banderas;
Que, en atención a lo expuesto, las nueve (09) unidades bibliográficas y el cuaderno de partituras constituyen ejemplares relevantes para la cultura peruana y reúnen las condiciones para integrar el Patrimonio Cultural de la Nación; siendo esto así, los informes mencionados constituyen parte integrante de esta resolución y se adjuntan como anexos;
Con los vistos de la Biblioteca Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a nueve (09) unidades bibliográficas (1841-1880) y un (01) cuaderno de partituras (1895-1915), pertenecientes al Centro de Estudios Histórico Militares del Perú (CEHMP), conforme a los anexos de esta resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la Biblioteca Nacional del Perú y al Centro de Estudios Histórico Militares del Perú (CEHMP).
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano. La resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GISELLA MARIELL ESCOBAR ROZAS
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2492130-1