⚖️ Índice 2026-03-29 Rectifican error material contenido en el artículo 2° de la parte resolutiva de la Resolución Dirección Ejecutiva N° D000064-2026-MIDIS/PNPAIS-DE
RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA

Rectifican error material contenido en el artículo 2° de la parte resolutiva de la Resolución Dirección Ejecutiva N° D000064-2026-MIDIS/PNPAIS-DE

2026-03-29MIDIS
Tipo
RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA
Número
D000068-2026-MIDIS
Fecha
2026-03-29
Cuerpo de texto
Entidad/Sala
MIDIS

Lima, 28 de marzo del 2026

VISTO:

La Resolución Dirección Ejecutiva N° D000064-2026-MIDIS/PNPAIS-DE, el Memorando N° D000268-2026-MIDIS/PNPAIS-URRHH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D000140-2026-MIDIS/PNPAIS-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 2° de la Resolución Dirección Ejecutiva N° D000064-2026 MIDIS/PNPAIS-DE, de fecha 27 de marzo del 2026, se resuelve designar a partir del 28 de marzo del 2026, al señor Miguel Ángel Hidalgo Paredes, en el puesto de confianza de Ejecutivo de la Unidad de Plataformas de Servicios del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”;

Que, a través del Memorando N° D000268-2026-MIDIS/PNPAIS-URRHH de fecha 28 de marzo del 2026, la Unidad de Recursos Humanos señala que: “(…) se ha advertido que, en el Informe de la referencia, en todo donde dice: Miguel Ángel Hidalgo Paredes, debe decir: Miguel Ángel Hidalgo Reyes; ratificándonos en todos los demás extremos del mencionado documento y consecuente cumplimiento del perfil de puesto mencionado. Asimismo, se precisa que, como consecuencia de ello, en el artículo 2 de la Resolución Dirección Ejecutiva N° D000064-2026-MIDIS/PNPAIS-DE, de fecha 27 de marzo de 2026 y publicada en el Diario Oficial el día 28 de marzo de 2026, se ha incurrido en el mismo error material; motivo por el cual corresponderá rectificarlo de oficio” ;

Que, el artículo 212 del Texto Único de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, referido a la rectificación de errores indica: “ 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. 212.2 La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original ”;

Que, en ese contexto, mediante el Informe N° D000140-2026-MIDIS/PNPAIS-UAJ de fecha 28 de marzo del 2026, la Unidad de Asesoría Jurídica señala que la rectificación de error advertido no altera los aspectos sustanciales del contenido de la resolución toda vez que se trata de un error no esencial que no cambia el sentido de la decisión de designación, por lo que es viable emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con el visto de la Unidad de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y la Resolución Ministerial N° 237-2025-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”;

SE RESUELVE:

Artículo 1° .- Rectificar el error material contenido en el artículo 2° de la parte resolutiva de la Resolución Dirección Ejecutiva N° D000064-2026-MIDIS/PNPAIS-DE, de fecha 27 de marzo del 2026, de acuerdo al siguiente detalle:

DICE:

SE RESUELVE:

(…)

Artículo 2°.- Designar a partir del 28 de marzo del 2026, al señor Miguel Ángel Hidalgo Paredes, en el puesto de confianza de Ejecutivo de la Unidad de Plataformas de Servicios del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”.

DEBE DECIR:

SE RESUELVE:

(…)

Artículo 2°.- Designar a partir del 28 de marzo del 2026, al señor Miguel Ángel Hidalgo Reyes, en el puesto de confianza de Ejecutivo de la Unidad de Plataformas de Servicios del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”.

Artículo 3°.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Dirección Ejecutiva N° D000064-2026-MIDIS/PNPAIS-DE, de fecha 27 de marzo del 2026.

Artículo 4°.- Encargar a la Unidad de Administración las acciones necesarias para la notificación de la presente resolución al citado servidor, a las unidades orgánicas, unidades territoriales, así como al Coordinador Técnico del Programa.

Artículo 5°.- Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen disponga las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el portal web institucional y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”.

Regístrese, comuníquese, notifíquese y/o publíquese.

MANUEL ASENCION PACHAS OCHOA

Director Ejecutivo

Programa Nacional PAIS

2501052-1

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