San Borja, 1 de abril del 2026
VISTOS: El Informe Nº 000209-2026-INGEMMET/UP, emitido por la Unidad de Personal de la Oficina de Administración; el Informe Nº 000167-2026-INGEMMET/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (en adelante, INGEMMET ) es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público; en el ejercicio de sus funciones goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 159-2025-MINEM/DM del 26 de abril de 2025, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP PROVISIONAL del INGEMMET, actualizado mediante Resolución Jefatural Nº 000037-2025-INGEMMET/UP del 10 de noviembre de 2025, donde se encuentra contemplado el cargo de Jefe/a de la Unidad de Logística;
Que, a través del Informe Nº 000209-2026-INGEMMET/UP del 01 de abril de 2026, la Unidad de Personal de la Oficina de Administración concluye, entre otros, que el señor Celso Enrique Uribe Peña (en adelante, el señor Uribe ) cumple con los requisitos establecidos en: (i) el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; (ii) el Manual de Organización y Funciones - MOF; y, (iii) el Manual de Clasificador de Cargos - MCC del INGEMMET, para desempeñar el cargo de confianza de Jefe/a de la Unidad de Logística del INGEMMET;
Que, mediante el Informe Nº 000167-2026-INGEMMET/OAJ del 01 de abril de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable designar al señor Uribe en el cargo de confianza de Jefe/a de la Unidad de Logística del INGEMMET, toda vez que cuenta con la opinión técnica favorable de la Unidad de Personal de la Oficina de Administración;
Que, el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, establece que el Presidente Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal, responsable de proponer y supervisar el cumplimiento, así como de dictar las políticas de desarrollo de la institución en concordancia con las políticas y planes nacionales y sectoriales; y, tiene entre sus funciones, la de designar al personal y cargos de confianza, de conformidad con la legislación vigente;
Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario designar al señor Uribe en el cargo de confianza de Jefe/a de la Unidad de Logística del INGEMMET, con efectividad a partir del 06 de abril de 2026;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Personal de la Oficina de Administración; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; y, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar al señor Celso Enrique Uribe Peña en el cargo de confianza de Jefe/a de la Unidad de Logística del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, con efectividad a partir del 06 de abril de 2026.
Artículo 2.- Notificar el presente acto resolutivo a las unidades de organización del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET y al servidor designado en el artículo 1 precedente, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET (www.gob.pe/ingemmet).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLO JOEL ANDRÉS ALZAMORA
Presidente Ejecutivo (e)
Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET
2502579-1