⚖️ Índice 2026-04-11 Designan fiscal en la Fiscalía Provincial de Familia de El Agustino
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Designan fiscal en la Fiscalía Provincial de Familia de El Agustino

2026-04-11FN
Tipo
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Número
1038-2026-MP-FN
Fecha
2026-04-11
Cuerpo de texto
Entidad/Sala
FN

Lima, 10 de abril de 2026

VISTOS:

El oficio N° 002318-2026-MP-FN-PJFS-DFLE, de fecha 18 de marzo de 2026, e informe N° 0217-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de abril de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial de Familia de El Agustino.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2608-2019-MP-FN, de fecha 18 de septiembre de 2019, se resolvió nombrar a la abogada Hellen Colin Espejo Ruiz, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en la Fiscalía Provincial de Familia de Huaycán, denominación de despacho adecuada mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 135-2021-MP-FN, de fecha 29 de enero de 2021; actualmente la referida abogada labora en virtud de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley N° 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de designar a la abogada Hellen Colin Espejo Ruiz, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunta provincial en la Fiscalía Provincial de Familia de El Agustino, para lo cual previamente se deberá dar por concluida su designación mencionada en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0217-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de abril de 2026.

De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada Hellen Colin Espejo Ruiz, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, en la Fiscalía Provincial de Familia de Huaycán, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 2608-2019-MP-FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 18 de septiembre de 2019 y 29 de enero de 2021, respectivamente.

Artículo Segundo .- Designar a la abogada Hellen Colin Espejo Ruiz, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, en la Fiscalía Provincial de Familia de El Agustino.

Artículo Tercero .- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

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