LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL
DESPACHO
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; en uso de las facultades previstas en los 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen N° 018-2026-MML-CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;
Ha dado la ordenanza siguiente:
Artículo 1.- Aprobar la rectificación parcial del plano de zonificación del distrito de La Molina, aprobado por Ordenanza N° 1661, publicada el 8 de marzo de 2013 en el D iario O ficial “El Peruano”, precisando la calificación de: Residencial de Densidad Media (RDM), para el predio de 232.76 m2 ubicado en la calle Los Diamantes, manzana E, lote 1, urbanización El Cascajal, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 11789972 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, solicitado por Amanda Collazos Zea De Ccancce, como propietaria del predio. Asimismo, se aprueba la rectificación, de oficio, de los lotes 2 al 9 de la manzana E, antes mencionada, a: Residencial de Densidad Media (RDM) y la rectificación, de oficio, de un sector a: Zona de Recreación Pública (ZRP), actualmente sin zonificación; de acuerdo con el gráfico que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación la incorporación, en el plano de zonificación del distrito de La Molina, de la rectificación aprobada en el artículo precedente.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo notificar la presente ordenanza a la Municipalidad Distrital de La Molina, así como publicar la misma en el D iario O ficial “El Peruano”.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina Gobierno Digital la publicación de la presente ordenanza, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los veintitrés días de abril de dos mil veintiséis.