⚖️ Índice 2026-05-29 Designan Asesor Ad Honorem del Despacho Ministerial
Resolución Ministerial

Designan Asesor Ad Honorem del Despacho Ministerial

2026-05-29RE
Tipo
Resolución Ministerial
Número
308-2026-RE
Fecha
2026-05-29
Cuerpo de texto
Entidad/Sala
RE

Lima, 29 de mayo de 2026

VISTOS:

El Oficio N° 001-1990-2021-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil que remite el Informe Técnico N° 002105-2021-SERVIR-GPGSC de 18 de octubre de 2021; la Hoja de Trámite (GAB) N° 838 del Despacho Ministerial, de fecha 29 de mayo de 2026; y, el Memorándum N° ORH012002026 de la Oficina General de Recursos Humanos, de fecha 29 de mayo de 2026;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, señala que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de dicha Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;

Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en su artículo 25 establece que los Ministros de Estado orientan, formulan, dirigen, coordinan, determinan, ejecutan, supervisan y evalúan las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; a la par de asumir la responsabilidad inherente a dicha gestión en el marco de la política general del gobierno;

Que, los numerales 5 y 8 del referido artículo 25 disponen que corresponde a los Ministros de Estado designar y remover a los titulares de los cargos de confianza; así como, expedir Resoluciones Ministeriales, respectivamente;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, concordado con el artículo 2 del Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE, el Ministerio de Relaciones Exteriores ejerce sus funciones rectoras y posee competencia para el logro de los objetivos y metas del Estado en los ámbitos de la política exterior, las relaciones internacionales y la cooperación internacional;

Que, los incisos a) y n) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores disponen, entra otras, que son funciones del Despacho Ministerial las de orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; así como, designar y remover a los titulares de los cargos de confianza de la entidad;

Que, de acuerdo a lo informado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil en el Informe Técnico N° 002105- 2021-SERVIR-GPGSC, “…3.3 En el sector público, el Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado por Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DPN, en sus secciones 3.1.11 y 3.1.12, contempla la posibilidad de designar personas en cargos ad honorem, habiendo previsto únicamente el caso de asesores de la alta dirección de Ministerios o Instituciones Públicas Descentralizadas (hoy organismos públicos descentralizados) a los cuales en ningún caso podría encargárseles funciones correspondiente a órganos de dirección, línea, apoyo o asesoramiento y, asimismo, a los miembros de las comisiones consultivas de los Ministerios.”;

Que, asimismo, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el documento descrito en el considerando precedente, indica que “3.4 En estricta observancia del principio de legalidad que rige la actuación de las entidades públicas, debe tenerse en cuenta que para designar a una persona en un cargo ad honorem, será indispensable que la naturaleza de dicho cargo haya sido previamente establecida de manera expresa por un instrumento normativo”;

Que, en ese contexto, con el propósito de cumplir de manera eficiente con las funciones conferidas al sector Relaciones Exteriores y al Ministerio de Relaciones Exteriores, se ha considerado conveniente contar con un Asesor Ad Honorem en el Despacho Ministerial, órgano de la Alta Dirección a cargo de la máxima autoridad política del sector y encargado de conducir la política exterior del Estado, de acuerdo a las directivas que imparta el Presidente de la República y a la Política General del Estado;

Que, la Oficina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (ORH) N° 052-2026, anexo al Memorándum N° ORH012002026 ha informado que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Ernesto Moisés Pinto Bazurco Rittler, cumple con los requisitos para ocupar el cargo de Asesor Ad Honorem en el Despacho Ministerial;

Con el visado de la Oficina General de Recursos Humanos;

De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE; y, el numeral 3.1.11 del Manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, aprobado con Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación

Se designa al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Ernesto Moisés Pinto Bazurco R ittler, como Asesor Ad Honorem del Despacho Ministerial.

Articulo 2.- Acciones administrativas

La Oficina General de Recursos Humanos, dispone las acciones administrativas correspondientes para el cumplimiento de los dispuesto en la presente resolución ministerial, de acuerdo a lo señalado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

Artículo 3.- Publicación

La presente Resolución Ministerial es publicada en la sede digital del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS PAREJA

Ministro de Relaciones Exteriores

2520519-1

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