⚖️ Índice 2026-06-07 Conforman la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes
CONSEJO REGIONAL

Conforman la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes

2026-06-07
Tipo
CONSEJO REGIONAL
Número
007-2026
Fecha
2026-06-07
Cuerpo de texto

EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

POR CUANTO

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de abril de 2026, en uso de sus facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, en su Título I, Artículo 1° proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin supremo de la sociedad y del Estado y en su Artículo 2º inciso 1, consagra el derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar;

Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales tienen como finalidad fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la identidad cultural y el desarrollo social de sus jurisdicciones;

Que, el artículo 5º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la misión de los Gobiernos Regionales es, organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, buscando contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región;

Que, la Trata de Personas infringe la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 4 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, establece que nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, estando prohibidos en todas sus formas la esclavitud y la trata de esclavos, ratificado por el Estado peruano en la Convención de las Naciones Unidas;

Que, la Ley N° 28950, Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes, así como su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2016-IN. Regulan un conjunto de acciones de prevención, persecución y sanción de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, así como de protección y asistencia a las víctimas de los referidos delitos, así mismo el reglamento de la citada Ley, en su literal d) y e) del artículo 22, establece que, los Gobiernos Regionales deben de implementar Redes y Comisiones a nivel regional y local para la prevención de los delitos de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, así como también, efectuar planes regionales y locales contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, que aborden la problemática a nivel regional, alineados a las políticas y a los Planes de Desarrollo Regional, respectivamente;

Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-IN, el Estado peruano aprobó la Política Nacional frente a la Trata de Personas y sus formas de explotación al 2030, la misma, que se constituye en el instrumento marco de políticas públicas en materia de lucha contra la Trata de Personas, con pertinencia cultural y lingüística, y que orientará la acción del Estado en sus tres niveles de gobierno para el desarrollo de intervenciones articuladas. las mismas que son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 60°, establece como función en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, lo siguiente: inciso “a) Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales (…);

Que, mediante Informe Técnico N° 017-2025/GOB.REG.TUMBES-GGR-GRDS-SGIS-SG, de fecha 26 de setiembre de 2025, la Jefa (e)de la Sub Gerencia de Inclusión Social sustentó la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba la conformación de la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes, recomendando además dejar sin efecto las Resoluciones Ejecutivas Regionales N° 427-2015/GOB. REG. TUMBES-PR y N° 243-2016/GOB. REG. TUMBES-P;

Que con Informe N° 186-2026/GOB.REG.TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 03 de marzo del 2026, el jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal concluyendo que, la propuesta de proyecto de Ordenanza Regional que aprueba la “Conformación de la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes” resulta legalmente viable, en concordancia con las funciones y competencias del Gobierno Regional, conforme a los fundamentos fácticos y jurídicos desarrollados en el referido informe; asimismo recomendó dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N° 427-2015/GOB. REG. TUMBES-P y Resolución Ejecutiva Regional N° 243-2016/GOB. REG. TUMBES-P;

Que, a través el Dictamen N° 003-2026/GOB.REG.TUMBES-CODS, formulado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, sobre “CONFORMACIÓN DE LA RED DESCENTRALIZADA MULTISECTORIAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS Y TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES EN LA REGIÓN TUMBES”;

Que, con el Acuerdo de Consejo Regional N° 050-2026/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, en la Sesión Extraordinaria N° 011-2026, de 01 de abril de 2026, se acordó por unanimidad, aprobar el Dictamen N° 003-2026/GOB.REG.TUMBES-CODS, elaborado por los integrantes de la Comisión de Desarrollo Social

Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias.

Artículo Primero.- CONFORMAR la Red Descentralizada Multisectorial contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes en la Región Tumbes, la misma que estará integrada por representantes de las instituciones públicas y privadas que realizan acciones en el marco de la Ley 28950, Ley contra la Trata de personas y Tráfico Ilícito de Migrantes y su reglamento, siendo sus integrantes los siguientes:

1. Gobernador Regional de Tumbes (asume la Presidencia de la Red Descentralizada Multisectorial).

2. Gerencia Regional de Desarrollo Social (asume la Secretaria Técnica).

3. Un Representante de la Comisión Permanente de Desarrollo Social (Consejo Regional).

4. Un Representante de la Dirección Regional de Educación.

5. Un Representante de la Dirección Regional de Salud

6. Un Representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.

7. Un Representante de la Sub Gerencia de Inclusión Social

8. Un Representante de la Oficina Regional de las Personas con Discapacidad

9. Un Representante de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.

10. Un Representante de la Gerencia de Desarrollo Económico

11. Un Representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo.

12. Un Representante de Cada Municipalidad Provincial de Tumbes

13. Un Representante de Cada Municipalidad Distrital de la Región Tumbes.

14. Un Representante de la Oficina Regional de Seguridad Ciudadana.

15. Un Representante del Programa Nacional WARMI NAN.

16. Un Representante de la Defensoría del Pueblo Sede Tumbes

17. Un Representante del Ministerio Público (FISTRAP) Sede Tumbes.

18. Un Representante de La Corte Superior de Justicia Sede Tumbes

19. Un Representante de la Policía Nacional del Perú.

20. Un Representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

21. Un Representante de RENIEC

22. Un Representante de la Universidad Nacional de Tumbes.

23. Un Representante de ONGS

24. Un Representante de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) Tumbes.

25. Un Representante de la Superintendencias de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) Tumbes.

26. Un Representante de la Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza de la Región Tumbes.

27. Un Representante de la Prefectura de Tumbes.

28. Un Representante de la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores Tumbes

29. Un Representante del Consulado de Ecuador en Tumbes.

30. Un Representante del Consulado General del Perú en Machala Ecuador

31. Un Representante de la Asociación de Hoteleros en Tumbes

32. Un Representante Instituto Nacional de Estadística e Informática.

33. Un Representante de Migraciones Zonal Tumbes.

34. Un Representante del Colegio de Abogados de Tumbes.

35. Un Representante del Colegio de Periodistas de Tumbes.

36. Un Representante del Colegio Médico de Tumbes

37. Un Representante del Colegio de Obstetras de Tumbes.

38. Un Representante del Colegio de Psicólogos de Tumbes

Artículo Segundo.- DISPONER a cada institución integrante de la Red Descentralizada Multisectorial, acreditar a un titular y un alterno en un plazo no mayor de treinta días de aprobada la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Red Descentralizada Multisectorial que, una vez conformada, formule y remita a la Gerencia General Regional el Plan Operativo para su conocimiento, debiendo, además, informar anualmente sobre el cumplimiento del referido plan y las acciones ejecutadas al Ministerio del Interior (MINTER).

Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la Red Descentralizada Multisectorial Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes Región de Tumbes, asumirá las siguientes funciones:

a) Proponer, desarrollar e implementar políticas, normas, planes, estrategias, programas, proyectos y actividades contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes a nivel regional.

b) Elaborar un Plan Anual con su cronograma de ejecución, a fin de implementar acciones orientadas a la lucha contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes a nivel Regional.

c) Realizar acciones de seguimiento y monitoreo sobre la implementación de las políticas, programas, planes y acciones contra la Trata de Personas en los gobiernos locales de la región.

d) Formular y aprobar el plan operativo multisectorial anual de la Red Descentralizada Multisectorial.

e) Elaborar el informe anual de las acciones contra la Trata de Personas para ser presentado ante el MININTER.

Artículo Quinto.- DECLARAR de interés prioritario regional la implementación de políticas públicas integrales orientadas a la prevención, detección, seguimiento y denuncia de los casos de trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes a nivel de la Región Tumbes.

Artículo Sexto.- FACULTAR a la Gobernadora Regional (e) del Gobierno Regional de Tumbes que mediante Decreto Regional o Resolución Ejecutiva Regional disponga la reglamentación y dicte las medidas complementarias y necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.

Artículo Séptimo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, en calidad de Secretaría Técnica, la cual en coordinación con los Sectores correspondientes implementen las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gobernadora Regional (e) del Gobierno Regional de Tumbes, realizar las acciones administrativas destinadas a dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional N° 427-2015/GOB.REG.TUMBES.PR de fecha 18 de diciembre del 2015 y la Resolución Ejecutiva Regional N° 00000243-2016/GOB.REG.TUMBES.P de fecha 10 de junio del 2016.

Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Jefa de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Tumbes, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Artículo Décimo.- DISPONER, la publicación en el Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes.

Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación.

En Tumbes al primer (1) día del mes de abril del año dos mil veintiséis.

DIEGO ALEMAN RAMIREZ

Consejero Regional

POR TANTO:

Mando se registre, publique, cum pla y archive.

Dado en el Gobierno Regional Tumbes, el 10 de abril de 2026.

A. ROSARIO PALACIOS PALACIOS DE DE LAMA

Gobernadora Regional (e)

2505894-1

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