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decreto supremo

Decreto Supremo que ratifica el “Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Octavo Protocolo Adicional”

2026-06-09RE
Tipo
decreto supremo
Número
024-2026-RE
Fecha
2026-06-09
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el “Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Octavo Protocolo Adicional” fue suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 6 de noviembre de 2025; por la República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa de Brasil, la República de Chile, la República del Paraguay, la República del Perú y la República Oriental del Uruguay.

Que, en virtud del numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, el presente Decreto Supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado tratado;

Estando al Informe (DGT-TJI) N° 17-2026; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118, inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Se ratifica el “Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre. Octavo Protocolo Adicional”, suscrito el 6 de noviembre de 2025, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.

Artículo 2.- Publicación

El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el texto íntegro del Acuerdo y la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3.- Dar cuenta al Congreso

Se dé cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de junio del año dos mil veintiséis.

JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA

Presidente de la República

CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS

Ministro de Relaciones Exteriores

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