⚖️ Índice 2026-06-19 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
Resolución Ministerial

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

2026-06-19IN
Tipo
Resolución Ministerial
Número
0807-2026-IN
Fecha
2026-06-19
Cuerpo de texto
Entidad/Sala
IN

Lima, 18 de junio de 2026

VISTOS, el Oficio N° 000115-2026-CG/SGE de la Contraloría General de la República, el Memorando N° 000900-2026-IN-OGIN de la Oficina General de Infraestructura, el Informe N° 000570-2026-IN-OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 001141-2026-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 001459-2026-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 001350-2026/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: M. del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial N° 2373-2025-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2026 del citado Pliego, por la suma de S/ 13 397 947 493,00 (TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por toda fuente de financiamiento;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358 autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior. Las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, establece que el pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras, cuando la ejecución corresponda a gastos de capital y a la aplicación del artículo 4 de la Ley N° 31358 para el financiamiento del control concurrente de inversiones, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747: CONTROL CONCURRENTE” y en la Específica del Gasto 2.4.2.3.1.1 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL;

Que, mediante Oficio N° 000115-2026-CG/SGE, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica que, en el marco de los alcances de la Ley N° 31358, ha priorizado en el Ministerio del Interior, entre otras, la inversión “Mejoramiento del servicio policial especializado en la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial PNP, distrito de La Victoria de la provincia de Lima del departamento de Lima” con Código Único de Inversiones (CUI) N° 2590280, para la cual se ha determinado el costo del control concurrente para el presente Año Fiscal en S/ 36 751,00, con la finalidad de desplegar los servicios de control gubernamental en la citada inversión; en tal sentido, solicita se efectúe la transferencia financiera correspondiente a favor del Pliego 019: Contraloría General;

Que, con Memorando N° 000900-2026-IN-OGIN, la Oficina General de Infraestructura adjunta el Informe N° 000305-2026-IN-OGIN-AP, a través del cual el Área de Presupuesto de dicha Oficina informa la disponibilidad de recursos presupuestarios en el componente “Control Concurrente” de la inversión “Mejoramiento del servicio policial especializado en la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial PNP, distrito de La Victoria de la provincia de Lima del departamento de Lima” con CUI N° 2590280, por el importe de S/ 36 751,00, para efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

Que, a través del Informe N° 000570-2026-IN-OGPP-OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión sobre la inversión con CUI N° 2590280, señalando que la misma se encuentra orientada a mejorar el servicio que brinda la Policía Nacional del Perú, atendiendo el mandato constitucional que cumple dicha Institución a efectos de garantizar, mantener y restablecer el Orden Interno; asimismo, informa que cuenta con expediente técnico o documento equivalente consentido y registrado en el Banco de Inversiones, cumple con la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como con las metodologías específicas sectoriales y las normas técnicas que corresponden según la tipología de inversión; se encuentra en situación de viable y en condición de activo según el citado Sistema; está incluida en el Programa Multianual de Inversiones 2026-2028, con registro efectivo para el presente año; y se orienta al cierre de brechas al acceso en la prestación del servicio que brinda el Sector Interior (“Porcentaje de Unidades Policiales Especializadas que operan en condiciones inadecuadas”);

Que, mediante el Informe N° 001141-2026-IN-OGPP-OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, propone y emite opinión favorable en materia presupuestal respecto de la resolución ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 007: M. del interior, hasta por la suma de S/ 36 751,00 (TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar el control concurrente de la inversión “Mejoramiento del servicio policial especializado en la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial PNP, distrito de La Victoria de la provincia de Lima del departamento de Lima” con CUI N° 2590280, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente;

Que, con Memorando N° 001459-2026-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto valida la propuesta planteada por la Oficina de Presupuesto a través del Informe N° 001141-2026-IN-OGPP-OP;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 001350-2026/OGAJ, señala que resulta legalmente viable la emisión de la resolución ministerial propuesta por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Infraestructura, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Resolución Ministerial N° 0702-2026-IN, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera

Autorizar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 007: M. del Interior, hasta por la suma de S/ 36 751,00 (TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar el control concurrente de la inversión “Mejoramiento del servicio policial especializado en la Dirección de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial PNP, distrito de La Victoria de la provincia de Lima del departamento de Lima” con CUI N° 2590280.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 007: M. del Interior, de la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura, por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remisión

Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 032: Oficina General de Infraestructura para que efectúe las acciones que correspondan.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MERCEDES ZAPATA MORANTE

Ministro del Interior

2527102-1

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