Callao, 1 de julio de 2026
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
VISTO:
La Disposición del Titular del Pliego; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el 30 de junio del presente año, se ha producido el lamentable fallecimiento del señor Juan Ricardo Víctor Sotomayor García, notable ciudadano chalaco, quien entre los años 1996 y 2018 ejerció los cargos de Regidor Provincial del Callao, Alcalde Distrital de Bellavista y Alcalde de la Provincia Constitucional del Callao, desempeñándose en cada uno de ellos con responsabilidad, capacidad de gestión y compromiso con el desarrollo de la comunidad chalaca;
Que, ante esta irreparable pérdida, como muestra de nuestro profundo respeto y sentido pesar, es pertinente que se declare duelo provincial, disponiéndose el izamiento del Pabellón Nacional y de la bandera de la Provincia Constitucional del Callao a media asta;
Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20 y art. 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- DECLARAR DUELO PROVINCIAL, durante los días 02 y 03 de julio de 2026, por el sensible fallecimiento del ex Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, Sr. JUAN RICARDO VÍCTOR SOTOMAYOR GARCÍA, como justo homenaje por su invaluable aporte al progreso y desarrollo de la Provincia Constitucional del Callao.
Artículo 2.- DISPONER que el Pabellón Nacional y la bandera de la Provincia Constitucional del Callao sean izados a media asta en todas las instituciones públicas y privadas de la jurisdicción, en señal de duelo, durante los días señalados en el artículo precedente.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, su publicación, en el portal institucional de la Municipalidad Provincial del Callao.
Regístrese y comuníquese.
CÉSAR PÉREZ BARRIGA
Alcalde