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Resolución Ministerial

Autorizan viaje de personal militar del Ejército del Perú a Chile, en misión de estudios

2026-07-01DE
Tipo
Resolución Ministerial
Número
00787-2026-DE
Fecha
2026-07-01
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
DE

Lima, 1 de julio del 2026

VISTOS:

El Oficio Nº 100 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio Nº 01604-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01266-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 063/AGREMIL/P-CH/W-c.3.7, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Chile, remite al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, la carta de invitación del Comandante en Jefe del Ejército de Chile, dirigida al Comandante General del Ejército del Perú, mediante la cual se invita a un (1) Oficial del Ejército del Perú a participar como alumno en el curso de Maestro de Equitación (Jefe de Sección Exploración Montada), a realizarse en la Escuela de Equitación, ubicada en la ciudad de Quillota, República de Chile, entre el 2 de julio y el 11 de diciembre de 2026;

Que, con Oficio Nº 100 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán EP Oscar Ricardo CORREA LAZO, identificado con DNI Nº 70038537 y CIP Nº 125599100, para participar en el curso de Maestro de Equitación (Jefe de Sección Exploración Montada), a realizarse en la Escuela de Equitación, ubicada en la ciudad de Quillota, República de Chile, del 2 de julio y el 11 de diciembre de 2026; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 1 de julio y su retorno el 12 de diciembre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Dictamen Legal Nº 1254-2026/OAJE; la Hoja de Gastos s/n de fecha 23 de junio de 2026; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000005821 y Nº 0000000003 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la Exposición de Motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal militar del Ejército del Perú que participará en el referido curso, por cuanto le permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, a fin de ser aplicados en beneficio del Ejército del Perú;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;

Que, mediante el Oficio Nº 01604-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 373-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01266-2026- MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Capitán EP Oscar Ricardo CORREA LAZO, para participar en el curso de Maestro de Equitación (Jefe de Sección Exploración Montada), a realizarse en la Escuela de Equitación, ubicada en la ciudad de Quillota, República de Chile, del 2 de julio y el 11 de diciembre de 2026, así como autorizar su salida del país el 1 de julio y su retorno el 12 de diciembre de 2026.

Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Artículo 3.- El pago por gastos de compensación extraordinaria y gastos de traslado de retorno; así como, por pasajes aéreos internacionales y tarifa única de uso de aeropuertos de retorno, que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, según corresponda, se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Ejército del Perú del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normatividad vigente.

Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.

Artículo 5.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 6.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 8.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduanas de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

2530610-1

Pasajes aéreos: Lima – Santiago de Chile (República de Chile) - Lima Clase económica US$ 1,000.00 x 1 persona | US$ 1,000.00 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 5,346.90 / 31 x 30 días x 1 persona | US$ 5,174.41 US$ 5,346.90 x 4 meses x 1 persona | US$ 21,387.60 US$ 5,346.90 / 31 x 11 días x 1 persona | US$ 1,897.28 Total a pagar: | US$ 29,459.29

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