⚖️ Índice 2026-07-15 Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima
Resolución Nº 1334-2026-JNE

Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima

2026-07-15JNE
Tipo
Resolución Nº 1334-2026-JNE
Número
Resolucion-No-1334-2026-JNE
Fecha
2026-07-15
Cuerpo de texto
Entidad/Sala
JNE

Expediente Nº JNE.2026152658

MAGDALENA DEL MAR

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, 15 de junio de 2026

VISTOS : los Oficios Nº 087-2026-SG-MDMM, presentados el 20 y 25 de mayo de 2026, por doña Blanca León Velarde Méndez, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, por medio de los cuales comunica la licencia sin goce de haber de don Francis James Allison Oyague, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTE

1.1. Con el oficio citado, la secretaria general de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, informó sobre la licencia sin goce de haber concedida al señor alcalde por su participación en las ERM 2026, a fin de que se convoque a su reemplazante. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 083-2026-MDMM, del 12 de mayo de 2026, a través del cual el Concejo Distrital de Magdalena del Mar concedió dicha licencia.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.

En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Asimismo, el numeral 2 del citado artículo establece que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM 1

1.3. Mediante el mencionado decreto, se convocó a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros de los consejos regionales de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de toda la República.

En la Resolución Nº 00746-2025-JNE 2 , que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026.

1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:

[...]

6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).

[...]

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones 3 (en adelante, Reglamento)

1.5. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, contempla lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica.

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, a través del Acuerdo de Concejo Nº 083-2026-MDMM, el Concejo Distrital de Magdalena del Mar concedió licencia al señor alcalde por el periodo comprendido del 4 de septiembre al 4 de octubre de 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.).

2.2. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Magdalena del Mar y estando a lo establecido en la LOM y la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), con la finalidad de mantener la representación de la municipalidad distrital en mención, corresponde convocar a don Ricardo Guillermo Flórez Corbera, identificado con DNI Nº 07726017, primer regidor del mencionado concejo y miembro de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de alcalde de la referida municipalidad.

2.3. Además, con la finalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a don Christian Humberto Bandenay Ramírez, identificado con DNI Nº 72542696, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.

2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, del 22 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 1, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.5. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal , la credencial otorgada a don Francis James Allison Oyague, alcalde de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

2. CONVOCAR a don Ricardo Guillermo Flórez Corbera, identificado con DNI Nº 07726017, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido del 4 de septiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. CONVOCAR a don Christian Humberto Bandenay Ramírez, identificado con DNI Nº 72542696, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026 , para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

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