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SENTENCIA

EXP. N° 1667-2001 LA LIBERTAD · SALA PENAL TRANSITORIA

2000-01-01SALA PENAL TRANSITORIA
Tipo
SENTENCIA
Número
415630
Fecha
2000-01-01
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
SALA PENAL TRANSITORIA

EXP. N° 1667-2001 LA LIBERTAD

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PENAL TRANSITORIA

Lima, cinco de junio del dos mil dos.-

VISTOS; de conformidad con el dictamen del señor Fiscal Supremo; y CONSIDERANDO: además que, la imputación que se le hace al procesado Teófilo Vargas Velásquez de haber pretendido, junto a otras dos personas robar el vehículo al agraviado Edwin Sabino Patricio Vasquez así como sustraerle su billetera y la suma de mil doscientos ochenta nuevos soles, portando arma de fuego, no se encuentra acreditada en autos con pruebas que acrediten fehacientemente la responsabilidad del procesado, quien acepta haber estado en el lugar de los hechos, para reclamarle al agraviado la deuda que éste le tiene por la venta de la camioneta de placa de rodaje OG cuatro mil cuatrocientos cuarentiséis; que, asimismo el agraviado al denunciar el hecho refiere que fue interceptado por un taxi amarillo marca Nissan; sin embargo el testigo Rafael Edison Azabache, en su declaración de fojas ciento seis, hace referencia de un taxi "Tico"; que, a nivel policial, el agraviado, manifiesta que reconoció al procesado pese a que trató de esconderse en el taxi y en su declaración preventiva, sostiene que el procesado apareció y le dijo "...no te metas conmigo"; contradicciones que no hacen sino corroborar que lo hechos no han ocurrido tal como sostiene el agraviado, atribuyéndole al procesado, quien es su suegro, la comisión de un supuesto delito, por lo que dicha conducta se encontraría dentro de lo dispuesto por el artículo cuatrocientos dos del Código Penal; en consecuencia declararon: NO HABER NULIDAD en la resolución recurrida de fojas doscientos uno, su fecha veinticinco de enero del dos mil uno que declara no haber mérito a pasar a juicio oral contra Teófilo Vargas Velásquez por el delito contra el patrimonio -tentativa de robo- en agravio de Edwin Sabino Patricio Vásquez; DISPUSIERON: que, estando a lo vertido en la parte considerativa, se remitan copia de todo lo actuado al Ministerio Público a efecto que proceda conforme a sus atribuciones; con lo demás que contiene; y los devolvieron.-

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