Resolución 141-97-TDC
Expediente 034-96-CSA-01-132
RESOLUCION Nº : 141-97-TDC
EXPEDIENTE Nº : 034-96-CSA-01-132
INSOLVENTE : COMPAÑÍA MINERALES SANTANDER INC. SUCURSAL PERU (SANTANDER)
ACREEDOR : TITO BAUTISTA CAMPOS Y GLICERIO ALCANTARA OSORIO
"En caso que el empleador no cumpla con efectuar los depósitos semestrales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Texto Unico Ordenado de la Ley de compensación por Tiempo de Servicios, éste queda automáticamente obligado al pago de los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente y, en su caso, a asumir la diferencia de cambio, si éste hubiera sido solicitado en moneda extranjera. Atendiendo a lo antes señalado, el reconocimiento de los créditos derivados de la compensación por tiempo de servicios debió efectuarse en moneda extranjera y, respecto de los intereses, éstos debieron ser liquidados aplicando la tasa de interés en moneda extranjera correspondiente."