000486-1999-SALA CONSTITUCIONAL
Fecha Resolución 30/05/2000
Corte Suprema de Justicia de la República Sala de Derecho Constitucional y Social
Lima, treinta de mayo del dos mil.-
VISTOS; con los acompañados; con lo expuesto en el dictamen de la señora Fiscal; por los fundamentos del auto de fojas ciento trece y, por los fundamentos de la sentencia apelada de fojas doscientos cuarentisiete, su fecha quince de enero de mil novecientos noventinueve; CONFIRMARON el auto apelado de fojas ciento trece, su fecha dieciocho de setiembre de mil novecientos noventiocho, que declara INFUNDADAS las excepciones; CONFIRMARON la sentencia de fojas doscientos cuarentisiete, que declara INFUNDADA la demanda de fojas uno a cinco interpuesta por doña Elizabeth Filomena Calonge Angulo; en los seguidos contra el lnstituto Peruano de Seguridad Social de Chimbote y otro, sobre Acción Contencioso Administrativa; y los devolvieron.-
S.S.
BUENDIA G.
BELTRAN Q.
ALMEIDA P.
SEMINARIO V.
ZEGARRA Z.