⚖️ Índice› 2005-04-28› 000060-2005-SALA PENAL · SALA PENAL PERMANENTE
SENTENCIA

000060-2005-SALA PENAL · SALA PENAL PERMANENTE

2005-04-28SALA PENAL PERMANENTE
Tipo
SENTENCIA
Número
693982
Fecha
2005-04-28
Cuerpo de texto
Sí
Entidad/Sala
SALA PENAL PERMANENTE

000060-2005-SALA PENAL

Fecha Resolución 28/04/2005

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PENAL PERMANENTE

Lima, veintiocho de abril de dos mil cinco.-

VISTOS; el recurso de queja excepcional interpuesto por e! procesado Gregorio Cisneros Santos, contra el auto que en copia corre a fojas doscientos veinticinco, que declaró improcedente el recurso de nulidad interpuesto contra la resolución de vista, su fecha dos de noviembre de dos mil cuatro, inserto a fojas doscientos veinte; con lo expuesto por el señor Fiscal Supremo en lo Penal; y CONSIDERANDO: Primero: Que de las copias certificadas acompañadas aparece que la recurrente cuestiona el auto superior de fojas doscientos veinte, aduciendo que se ha resuelto sin tener a la vista el dictamen del Fiscal Superior, pronunciándose sobre el fondo del asunto; que, en tal sentido, de autos se advierte que a fojas doscientos doce y doscientos dieciocho corren los dictámenes del representante del Ministerio Público, opinando que se declare nulo el concesorio e inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el citado encausado, y que tuvo a la vista el Tribunal Superior al expedir !a resolución cuestionada. Segundo: Que, en ese orden de ideas, debe precisarse que el Fiscal emite opinión previa a la resolución final según su propio criterio y en la forma que estime más arreglada a derecho -gozan de autonomía-, y que está vedado al Colegiado Superior disponer que dictamine en determinado sentido o forma pues una indicación en determinado sentido es ajeno a la potestad jurisdiccional; que, a mayor abundamiento, de la revisión de las copias no se advierte que en el desarrollo del proceso se haya infringido preceptos constitucionales que puedan autorizar la elevación de los de la materia a esta Suprema Sala.

Por estos fundamentos: declararon INFUNDADO el recurso de queja interpuesto por el procesado Gregorio Cisneros Santos; MANDARON transcribir la presente Ejecutoria Corte Superior de su procedencia; y los devolvieron.-

SS.

SIVINA HURTADO

SAN MARTÍN CASTRO

PALACIOS VILLAR

LECAROS CORNEJO

MOLINA ORDOÑEZ

← Volver al índice