Lima, 22 de enero del 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 28933, se crea el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, conformado entre otros, por una Comisión Especial adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, encargada de representar al Estado en las Controversias Internacionales de Inversión;
Que, la Audiencia de Revisión del Laudo emitido en el marco del arbitraje internacional del Caso CIADI No. ARB/17/3, Metro de Lima Línea 2 S.A. contra la República del Perú (Caso Metro Lima I), está contemplada llevarse a cabo de manera presencial en las instalaciones del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, los días 3 y 4 de febrero de 2026, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América;
Que, mediante el Memorando de fecha 7 de enero de 2026, el Estudio Squire Patton Boggs, solicita la presencia del Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión y de un miembro de la Secretaría Técnica de la Comisión Especial, en la citada Audiencia y en las reuniones preparatorias, del 1 al 4 de febrero de 2026, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América;
Que, la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas es la encargada de ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Especial creada en el marco del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión;
Que, en ese sentido, resulta de interés nacional e institucional la participación en la citada Audiencia y en las reuniones preparatorias del señor Jean Pierre Galván Ortiz, Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión y del señor Enrique Jesús Cabrera Gómez, Especialista de la Secretaria Técnica de dicha Comisión Especial, ambos de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas; toda vez que ello permite al Estado peruano hacer seguimiento directo de la estrategia de defensa presentada ante tribunales internacionales, y demostrar la debida importancia que otorga el Perú a los compromisos internacionales asumidos en virtud de sus Acuerdos Internacionales de Inversión;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional;
Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Jean Pierre Galván Ortiz, Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión y del señor Enrique Jesús Cabrera Gómez, Especialista de la Secretaria Técnica de dicha Comisión Especial, ambos de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 31 de enero al 6 de febrero de 2026, de conformidad con el itinerario de viaje propuesto, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; precisándose que, los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos son asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Resolución Ministerial Nº 131-2024-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 002-2024-EF/43.06 ”Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Jean Pierre Galván Ortiz, Presidente de la Comisión Especial que representa al Estado en Controversias Internacionales de Inversión, y del señor Enrique Jesús Cabrera Gómez, Especialista Legal de la Secretaria Técnica de dicha Comisión Especial, ambos de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 31 de enero al 6 de febrero de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
Señor Jean Pierre Galván Ortiz
Pasajes aéreos : US $ 2 346,52
Viáticos (4 + 1) : US $ 2 200,00
Señor Enrique Jesús Cabrera Gómez
Pasajes aéreos : US $ 2 346,52
Viáticos (4 + 1) : US $ 2 200,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los comisionados autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar a la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los comisionados cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DENISSE MIRALLES MIRALLES
Ministra de Economía y Finanzas