Lima, 30 de marzo de 2026.
VISTOS:
El correo electrónico de fecha 23 de marzo de 2026 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe Nº 00043-2026/OA/PER del Área de Personal de la Oficina de Administración; el Informe Nº 00021-2026/OPP y el Memorándum Nº 00108-2026/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 00259-2026/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 32441, Ley que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público - Privadas y Proyectos en Activos, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera. Constituye pliego presupuestal;
Que, con Resolución Ministerial Nº 472-2025-EF/10, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional de PROINVERSIÓN;
Que, mediante la Ley Nº 32513 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
Que, a través de la Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 228-2025 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 de PROINVERSIÓN;
Que, según el numeral 8.1 del artículo 8 de la Directiva Nº 0006-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0008-2025-EF/53.01, el Presupuesto Analítico de Personal (en adelante PAP) es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los conceptos permanentes y periódicos de los ingresos de personal, incluyendo los aportes que por ley corresponda, comprendidos en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado;
Que, el artículo 16 de la precitada Directiva establece que, una vez notificada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, la entidad tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular del Pliego, o a quien este delegue expresamente dicha función, el cual debe incluir como anexos los formatos descargados del Módulo PAP que fueron materia de opinión favorable por la referida Dirección General, asimismo se precisa que el PAP aprobado debe coincidir rigurosamente con la opinión favorable emitida, siendo causal de nulidad la inobservancia de este requisito, bajo responsabilidad del Titular del Pliego o a quien este haya delegado su aprobación;
Que, a través del correo electrónico de fecha 23 de marzo de 2026, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, comunica la aprobación de la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal para el Año Fiscal 2026 correspondiente al Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN;
Que, mediante Informe Nº 00043-2026/OA/PER, el Área de Personal de la Oficina de Administración, concluye que teniendo en cuenta la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesaria la aprobación del PAP de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2026;
Que, con Memorándum Nº 00108-2026/OPP e Informe Nº 00021-2026/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, otorga viabilidad técnica y presupuestal al PAP de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2026, al encontrarse debidamente financiado con cargo a los recursos del citado año;
Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, dispone que el Director Ejecutivo es el Titular del Pliego Presupuestal;
Que, el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 32441, Ley que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, establece que la Alta Dirección de PROINVERSIÓN está integrada por el Consejo Directivo, la Presidencia Ejecutiva y la Gerencia General;
Que, si bien el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN no comprende la denominación de Presidente Ejecutivo, la Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 00001-2026 aprobó las equivalencias denominativas de Dirección Ejecutiva y Secretaría General a Presidencia Ejecutiva y Gerencia General, respectivamente; por lo que el Presidente Ejecutivo se encuentra facultado como Titular del Pliego para aprobar el PAP de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2026;
Que, mediante Informe Legal Nº 00259-2026/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que es legalmente viable proceder con la emisión de la resolución de la Presidencia Ejecutiva que disponga la aprobación del PAP de PROINVERSIÓN correspondiente al Año Fiscal 2026;
Con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
De conformidad con la Ley Nº 32513, Ley del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2026; la Directiva Nº 0006-2025-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0008-2025-EF/53.01; el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF; y, la Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 00001-2026;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, correspondiente al Año Fiscal 2026, conforme se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución y sus Anexos a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal de Transparencia Estándar ( www.transparencia.gob.pe ) y en la sede digital de PROINVERSIÓN ( www.gob.pe/proinversión ), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
LUIS NATAL DEL CARPIO CASTRO
Presidente Ejecutivo
PROINVERSIÓN
2502559-1