⚖️ Índice 2026-04-08 Aprueban el uso del padrón de electores afiliados de la organización política UP Unidad Popular para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026
RESOLUCIÓN N° 0735-2026-JNE

Aprueban el uso del padrón de electores afiliados de la organización política UP Unidad Popular para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026

2026-04-08JNE
Tipo
RESOLUCIÓN N° 0735-2026-JNE
Número
RESOLUCION-N-0735-2026-JNE
Fecha
2026-04-08
Cuerpo de texto
Entidad/Sala
JNE

Lima, 3 de abril de 2026

VISTOS: el Oficio N° 000740-2026/SGEN/RENIEC remitido por la secretaria general del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), el 26 de marzo de 2026, con el cual informa sobre la elaboración de los padrones de electores afiliados de las organizaciones políticas para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y el Informe N° 000060-2026-DNROP/JNE, del 30 de marzo de 2026, suscrito por el director de la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP), con el cual comunica el número de afiliados contenido en el padrón de electores afiliados de la organización política UP UNIDAD POPULAR , así como su carga en el repositorio informático del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

CONSIDERANDOS

1. Mediante el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 7 de enero 2026, la Presidencia de la República convocó, para el domingo 4 de octubre de 2026, a Elecciones Regionales y Municipales 2026, para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales, así como alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.

2. Para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, la determinación de candidaturas y su orden en la lista correspondiente se realiza a través de elecciones primarias, las cuales son organizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), asimismo, al Reniec le corresponde elaborar los padrones de electores afiliados sobre la base de la información proporcionada por el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE, de conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP).

3. De acuerdo con lo previsto en los artículos 21 y 25 del Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Primarias para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 -aprobado mediante la Resolución N° 0679-2025-JNE-, se establece que cada organización política que participa en las elecciones primarias tiene su correspondiente padrón de electores afiliados, el cual está conformado por todos los afiliados presentados oportunamente ante la DNROP, dentro del plazo establecido en el cronograma electoral, esto es, hasta el 7 de enero de 2026 1 , y es aprobado para su uso en las elecciones primarias, de manera independiente para cada organización política, hasta el 3 de abril de 2026 2 .

4. Mediante la Resolución N° 000162-2026-DNROP/JNE, del 11 de marzo de 2026, la DNROP dispuso la inscripción en el ROP de la alianza electoral ALIANZA ELECTORAL VENCEREMOS , integrada por los partidos políticos Partido Político Popular Voces del Pueblo, Nuevo Perú por el Buen Vivir, UP Unidad Popular, Adelante Pueblo Unido y Resurgimiento Unido Nacional - RUNA.

5. Cabe precisar que, respecto de las alianzas electorales, el artículo 25 del Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Primarias para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, dispone que los padrones de electores afiliados siguen el mismo curso para su aprobación, es decir, de manera independiente cada organización política y, una vez aprobados estos, se formaliza la aprobación del padrón que utilizará la alianza electoral en las elecciones primarias considerando los padrones electorales aprobados a las organizaciones políticas que la conforman.

6. En el caso de la organización política UP UNIDAD POPULAR , el Reniec ha elaborado el correspondiente padrón de electores afiliados con la información proporcionada por la DNROP; en tal sentido, dicho padrón, que registra un total de 27 229 afiliados, se encuentra expedito para la oportuna aprobación de su uso y su posterior puesta a disposición de la ONPE, a fin de que se continúe con la organización de las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1.- APROBAR EL USO, para las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, del padrón de electores afiliados de la organización política UP UNIDAD POPULAR , elaborado por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el cual contiene un total de 27 229 afiliados.

2.- PONER A DISPOSICIÓN de la Oficina Nacional de Procesos Electorales el padrón de electores afiliados de la organización política UP UNIDAD POPULAR , que se encuentra alojado en el servidor informático del Jurado Nacional de Elecciones.

3.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, así como del Órgano Electoral Central de la organización política UP UNIDAD POPULAR , para los fines pertinentes.

4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

← Volver al índice