Lima, 30 de abril de 2026
VISTO:
El Informe N° D000141-2026-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los conflictos sociales en el territorio nacional;
Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente;
Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 010-2025-PCM/SGSD, se conforma la Mesa de Diálogo de naturaleza temporal denominada “Mesa de Diálogo para atender la problemática de la cuenca del río Coralaque mediante el Plan de Acción Integrado”; con el objeto de seguir impulsando el diálogo para atender la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua; y en dicho marco, realizar acciones de coordinación, monitoreo y seguimiento del cumplimiento del Plan de Acción Multisectorial Integrado de Intervención para la cuenca del río Coralaque;
Que, el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 010-2025-PCM/SGSD, dispone que la mencionada Mesa de Diálogo tiene una vigencia de doscientos diez (210) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación;
Que, la mencionada resolución fue publicada el 02 de octubre de 2025; en consecuencia, vigente hasta el 01 de mayo de 2026;
Que, mediante el Oficio N° 0345-2026-MINEM-OGGS-OGDPC e Informe N° 014-2026-MINEM-OGGS-OGDPC-JCZC, la Oficina de Gestión del Diálogo y Participación Ciudadana del Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de Secretaría Técnica, propone la ampliación de la vigencia de la citada Mesa de Diálogo, para cumplir con los acuerdos que permitan complementar y fortalecer las actividades contempladas en el Plan de Acción Integral, a fin de dar paso a una etapa de seguimiento;
Que, mediante el Informe N° D000141-2026-PCM-SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros informa que, debido a su complejidad y envergadura, se encuentran pendientes de cumplimiento treinta y ocho (38) compromisos de tipo actividad y proyectos de inversión pública, estos últimos relacionados principalmente con el servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales de las provincias General Sánchez Cerro y Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, contemplados en el mencionado Plan de Acción Multisectorial Integrado; por lo que, persiste la necesidad de continuar articulando con las entidades públicas y privadas y/o con otros actores involucrados con la problemática, con el fin de cumplir con el objeto del espacio creado;
Que, la referida Subsecretaría, luego de la revisión del informe elaborado por el Ministerio de Energía y Minas y en atención a los compromisos pendientes de atención, considera necesario modificar el artículo 10 de la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 010-2025-PCM/SGSD, a fin de ampliar el periodo de vigencia de la Mesa de Diálogo hasta el 31 de diciembre de 2026, a efecto de que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 199-2025-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 010-2025-PCM/SGSD
Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 010-2025-PCM/SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 10.- Periodo de vigencia
La Mesa de Diálogo tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica”.
Artículo 2.- Publicación
Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR AUGUSTO SIERRA SANJINES
Secretario de Gestión Social y Diálogo
Presidencia del Consejo de Ministros
2511524-1